“ Hola Marc, soy Elena, arquitecta del equipo García de los Reyes, bienvenido a nuestro Blog.
Con respecto a la consulta: dado que vas a ubicar las mesas fuera, el grueso de aforo va en exterior (en interior tal y como me comentas solo vais a ubicar dependencias para uso de los trabajadores) con lo cual debes remitirte a lo que exponga la normativa del municipio en el que se encuentra el local. Normalmente, limitan el número de mesas que se pueden colocar en exterior, más que un límite clásico de aforo (personas), y dependiendo del lugar en que te encuentres será de una forma u otra. También estará condicionado por el espacio del que disponga en la vía pública, si hay mobiliario, si se encuentra muy próximo a la calzada...
Resumiendo para aclararte, más que un tema de aforo, la ubicación de mesas en exterior es un tema propio de la normativa del lugar. No obstante, si no dice nada al respecto, al ser exterior, de igual modo no sería un tema de aforo sino de "capacidad" o "comodidad", ya que los aforos se limitan para garantizar una adecuada evacuación de locales exclusivamente interiores o cercados en caso de peligro, y garantizar una adecuada calidad del aire.
Un saludo! ”