“ Espero que a esta norma Valenciana no le pase lo mismo que a nuestro Decreto 36/2014, de 11 de febrero, en el que se creaba La Comisión de Provincial de Coordinación Urbanística (CPCU) cuyas funciones son:
- La coordinación de los informes sectoriales que con carácter preceptivo deben emitirse tras la aprobación inicial.
- La coordinación de la verificación o adaptación del contenido de los informes sectoriales cuando estos tengan carácter vinculante tras la aprobación provisional.
- Cualesquiera otras funciones de coordinación sobre el contenido y alcance de los informes, dictámenes u otro tipo de pronunciamientos que debe emitir la Administración de la Junta de Andalucía.
Como vemos tan sólo se encuentran los organismos dependientes de la Junta, no así los del estado (carreteras del estado, confederación, telecomunicaciones,...) ni los provinciales (carreteras de Diputación, residuos urbanos,...). Y ni si quiera las administraciones de la Junta respetan los plazos legales establecidos, por falta de medios y de técnicos seguramente.
Por eso, si no existe una dotación presupuestaria para la correcta aplicación de la ley, ésta va a servir de poco, como estamos viendo en Andalucía. ”