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José, creo que no tienes razón porque debes tener en cuenta que en el BIC y su entorno todas las licencias deben ser previamente autorizadas por la DT de Cultura en tanto los municipios se doten de un planeamiento urbanístico que desarrolle de manera detallada las necesidades de protección en los ámbitos pertenecientes a cada municipio. En este contexto, el Documento de Criterios surge con una doble finalidad, de una parte para orientar las resoluciones de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico y de otra para dotar de una cierta objetividad y transparencia a las mismas... Quizás debas probar a que la cita con Francisco Javier la soliciten desde el propio ayuntamiento, pero esa decisión debes consultarla con tu arqutecto. Saludos cordiales