Constituye un debate de permanente actualidad poder determinar cuáles deban ser las acciones necesarias, públicas y privadas, para que las ciudades históricas puedan al mismo tiempo apostar por el mantenimiento de su singularidad histórica y de su legado cultural, y conseguir su revitalización social y económica, su mejora ambiental y dotacional como espacios para vivir, y su consideración como espacios altamente representativos de las ciudades que deban prestar funciones comerciales, administrativas, turísticas, o dotacionales.
Y por eso hoy, a cuento de la reciente elaboración del Plan de Ordenación y Protección de Guadix (Andalucía, España) quisiera compartir a través de La Ciudad Comprometida la experiencia que haya podido acumular tras años de intervención en numerosas ciudades y sitios históricos en Andalucía y en América (algunos de ellos pertenecientes al patrimonio mundial o candidatos a serlo).
Generalmente, la propia necesidad de mantener una ciudad histórica como referente histórico y cultural, requerirá en términos urbanísticos del establecimiento de una estrategia para su protección y rehabilitación integral, para afianzar una óptima valoración social del patrimonio existente, y para mantener y potenciar la singularidad cultural e histórica de dicha ciudad.
Y dicha estrategia urbanística deberá estar basada en el impulso de una amplia gama de intervenciones sobre el patrimonio y el espacio urbano tendentes a:
- La restauración y puesta en valor del patrimonio cultural local en sentido amplio.
- La recuperación funcional de los inmuebles más singulares utilizándolos para cubrir déficit dotacionales.
- El fomento de la reactivación económica y social del área histórica.
- La identificación de aquellos espacios urbanos que deban ser reformados para lograr un diseño más acorde con la función y la dignidad que ahora se pretende.
- La racionalización de los problemas de tráfico, en orden a impedir sus efectos negativos en el tejido urbano, y la adopción de modelos de movilidad sostenible.
- La programación de actuaciones en materia de vivienda, recuperando mediante la rehabilitación el parque edilicio degradado y fomentando nuevas promociones públicas y privadas.
- La definición de programas de rehabilitación integral (de los inmuebles, de los espacios públicos, y para la mejora dotacional y de carácter social) de las áreas degradadas y vulnerables.
- Y a la mejora de los servicios urbanísticos y las dotaciones de proximidad, fundamentalmente.
Y tal y como reflexionábamos, esta gama de intervenciones sobre el patrimonio y el espacio urbano deben ir orientadas nítidamente hacia la búsqueda de la autenticidad cultural de la ciudad histórica, que dicho en otras palabras significaría garantizar un buen estado de salud de sus características tradicionales a través de una regulación exhaustiva de todos aquellos parámetros definitorios de las mismas. Un conjunto de parámetros y de determinaciones que se exponen a continuación y que constituyen lo que en términos urbanísticos y patrimoniales se denominada ordenación pormenorizada (de carácter gráfico y normativo), y que suelen estar identificados en las legislaciones sectoriales en materia cultural, como por ejemplo, la Ley 14/2007 de Patrimonio Histórico de Andalucía, que establece en su artículo 31 que:
“Los planes urbanísticos que afecten al ámbito de Conjuntos Históricos, Sitios Históricos, Lugares de Interés Etnológico, Lugares de Interés Industrial y Zonas Patrimoniales deberán contener al menos las siguientes determinaciones…”
Pero creo que por hoy es suficiente, ya que quisiera desmenuzaros todas estas determinaciones y criterios en un siguiente artículo que os compartiré el próximo lunes.
¡Buen fin de semana!