ESCUDRIÑANDO LOS PLANOS DE ORDENACIÓN DE UNA CIUDAD HISTÓRICA. La hora de Guadix (16)

En los planes urbanísticos de las ciudades es esencial incorporar planos y gráficos que expliquen todas las propuestas de ordenación urbana. Y cuando se trata además de trabajos que afectan a ciudades históricas o patrimoniales mucho más y además con un nivel de detalle mucho más exhaustivo ya que no se tratará de prever, por ejemplo, nuevos crecimientos en zonas de expansión, sino de regular detalladamente todas las características que garanticen que esa ciudad o ese barrio sigan conservando los valores culturales que lo hacen valioso para la colectividad.

Así que hoy, en esta nueva reflexión de La Ciudad Comprometida a cuenta del Plan de Ordenación y de Protección del Casco Antiguo de Guadix, os propongo profundizar el contenido de dos de sus planos de ordenación pormenorizada más importantes, por lo que para cada uno de ellos os mostraré una imagen parcial del mismo, su leyenda explicativa y una a explicación algo detallada de su contenido y de los criterios básicos adoptados para sus determinaciones:

 

GUADIX: PLANO DE USOS Y CALIFICACIONES. E:1/1.000

guadix leyenda usos

guadix plano calificación 2

- Se clasifican y califican aquellas zonas pertenecientes tanto al sistema general como al sistema local de espacios libres de la ciudad, así como los equipamientos tanto locales como pertenecientes al sistema general de equipamientos.

- Se establecen los usos pormenorizados de cada una de las parcelas edificadas, con carácter general manteniendo tanto el uso actual (residencial en la mayoría de los casos), como la tipología edificatoria a la que pertenecen. En este sentido, las tipologías de “centro tradicional” y “casa cueva” son las que respetan de manera más significativa los parámetros de tipología tradicional del Casco Antiguo protegido. Por ello, tanto en la normativa del Plan como en la carta de color se concretan los parámetros edificatorios y constructivos más rigurosos para ambas tipologías.

- Se califican de manera precisa los espacios libres privados existentes en las parcelas del ámbito, dentro de las siguientes categorías:

o Patio

o Jardín

o Huerta

o Placeta de cueva

o Espacio libre privado singular, que normalmente irá asociado a edificaciones protegidas o serán espacios libres con valores patrimoniales propios.

- Se marcan las aquellas edificaciones incluidas en el catálogo de protección del documento, aunque sin incluir su nivel de protección ni su identificación precisa, lo cual será objeto de otro plano específico de catálogo.

- Se identifican los ámbitos de aparcamiento subterráneo, principalmente ubicados en áreas de desarrollo, que se proponen perimetralmente al Casco para facilitar la desaparición paulatina de vehículos en el mismo.

- Se identifican las actuaciones significativas incluidas en áreas de oportunidad, en las que las intervenciones son de mayor calado, y que ya han sido tratadas en diversas ocasiones.

 

GUADIX: PLANO DE ORDENACIÓN FÍSICA Y ALINEACIONES. E:1/1.000

guadix leyenda alineaciones

 guadix plano ordenación física 2

- Se fijan las alineaciones exteriores de la edificación, que con carácter general corresponden a las alineaciones históricas del Casco Antiguo. Excepcionalmente se realizan pequeños ajustes para mejorar la accesibilidad y funcionalidad del ámbito, que quedan perfectamente identificados en plano (1).

- Se define una ordenación de volúmenes precisa para cada parcela, que corresponde en la mayoría de los casos con el volumen del edificio actual o preexistente, fijando los siguientes parámetros: (2)

o Alineación interior

o Ubicación de espacios libres privados (patio, jardín, huerta…)

o Altura o alturas de la edificación y líneas de división entre los diferentes volúmenes.

- Si bien, tal y como establece la Ley de Patrimonio, el objetivo del planeamiento de protección es mantener la estructura urbana de la ciudad histórica, el documento plantea en suelo urbano pequeñas remodelaciones y ajustes, bien por tratarse de parcelas sin edificar (solares), bien por considerar que la edificación en cuestión presenta un volumen excesivo o discordantes que se entiende necesario reducir, o bien por la existencia de edificios cuyo volumen y ubicación generan situaciones no deseables (grandes medianeras, etc) y en los que se ha visto necesario proponer un aumento de volumen.

El grafismo utilizado en el plano de ordenación permite la identificación precisa de estos supuestos.

- La edificabilidad propuesta para cada parcela será por tanto la resultante de la ordenación de volúmenes grafiada en el plano de ordenación. No obstante en normativa se establece, y solamente en caso de obra nueva o rehabilitación de edificios no protegidos, que esta ordenación de volúmenes podrá ser modificada, siempre que no se altere la edificabilidad global y que se cumplan una serie de condicionantes establecidos en normativa. Dichos ajustes requerirán la tramitación de un Estudio de Detalle.

- Se define el parcelario catastral actual, identificando las posibles alteraciones dentro de los siguientes supuestos:

o Ámbitos de áreas de oportunidad

o Recuperación de parcelario original (algunos casos se han identificado en las fichas de catálogo)

o Parcelas de dimensiones muy reducidas o sin conexión directa a vial o espacio público (identificadas en plano)

- Se identifican en plano los elementos discordantes existentes en el ámbito del Casco Antiguo, englobados en los siguientes grupos:

o Cuerpos discordantes fuera de ordenación (normalmente corresponden a cuerpos que presentan un volumen excesivo y poco acorde con la configuración original del inmueble o con el entorno en el que se ubica)

o Tratamiento de cubiertas discordantes (cubrición ilegal de terrazas, empleo de materiales como fibrocemento, etc)

o Tratamiento de fachadas y medianeras discordantes (para que en el momento en el que se intervenga en alguno de los inmuebles en los cuales se identifica algún elemento discordante, esta circunstancia deberá solucionarse) que se complementa con la realizada en cada una de las fichas de catálogo de los elementos protegidos.

- En relación a los ámbitos de casa cueva, en el plano se marcan los frentes de cueva y cuevas excavadas existentes actualmente, estableciendo, del mismo modo que para el resto del ámbito, la ordenación de volúmenes de la posible edificación sobre rasante existente en la parcela. Así mismo, se califica el espacio perteneciente a la placeta de acceso a la cueva o casa-cueva y, como sistema general y por tanto de uso público, los cerros situados sobre las cuevas.

Todos estos parámetros se complementan con los establecidos en la normativa, que define y completa el alcance de la ordenación.

Como siempre, espero que os haya sido de utilidad. 

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Publicado en LA HORA DE GUADIX

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