ARQUIDERECHOS HUMANOS (28)

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Edificio
Edificio «Podio». Museo Memoria de Andalucía. Fuente: tublogdearquitectura.com
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