¿CÓMO PUEDO CONOCER EL AFORO MÁXIMO DE UN LOCAL?

Ana Mª García nos consulta lo siguiente: ¿Qué normativa es de aplicación para conocer el aforo máximo de las salas donde se imparten clases dirigidas en un gimnasio?Muchas gracias y enhorabuena por la iniciativa.

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La respuesta concreta sería 5m2/persona si se trata de una sala con aparatos, o 1’5 m2/persona si es solo de clases sin ellos. Pero si te parece te daremos (para ti y para los demás) una explicación algo más detallada:

1, QUÉ ES EL AFORO DE UN LOCAL:

Lo importante no es saber cuánta gente cabe en un establecimiento sino cuanta gente cabe “legalmente” en local, es decir: su AFORO

Aunque sea frecuente que el aforo esté controlado por el Departamento de Bomberos de cada ciudad, sin embargo su cálculo está regulado legalmente por el Código Técnico de la Edificación (CTE).

El aforo por tanto se realiza en función del Uso del establecimiento con base en lo definido en el Código Técnico de la Edificación (CTE), en uno de sus Documentos Básicos (DB), correspondiente a la Sección de Seguridad contra Incendios Nº 3 (SI3) y más específicamente en el apartado relativo a Evacuación de Ocupantes.

Es decir, que si optáis por buscarlo por internet tendréis que poner en el Buscador: CTE DB SI3 Evacuación de Ocupantes

2, CÓMO SE CALCULA EL AFORO DE UN LOCAL:

En este Documento Básico se cuantifica el aforo en nº de personas/m2 para cada una de las zonas en las que pueda subdividirse una actividad concreta por ejemplo un GIMNASIO (almacén, zona de clases sin aparatos, zona de aparatos, aseos y vestuarios…)

Por lo que el Aforo será el resultado de dividir la superficie de cada estancia por el valor definido  para cada  una de ellas. En caso de salir un numero decimal de personas en una dependencia, hay que contemplarlo, pues al final hay que sumar todas y cada una de las dependencias de vuestro establecimiento,  con las personas (o fracción de estas) obtenidas y finalmente, redondear.

RESUMIENDO: Para calcular el aforo que tiene un local, o lo que es lo mismo,  saber cuántas personas  caben en él, no solo en condiciones de “confort” sino sobre todo en condiciones de seguridad de “evacuación en caso de incendio” deberemos conocer previamente algunos datos:

  • Qué tipo de actividad  voy a realizar
  • Hay que asociar la actividad a desarrollar con un “Uso” y a continuación subdividirla en función de las actividades específicas que van a desarrollarse, ya que en función de ellas el cálculo de la  Ocupación (Aforo), puede variar.

3, CLASIFICACIÓN DE LOS USOS DE LOS LOCALES:

  • Uso Comercial
  • Uso Administrativo
  • Uso Público
  • Uso Residencial público
  • Uso Publica concurrencia
  • Uso Hospitalario
  • Uso Residencial Vivienda
  • Uso Docente
  • Uso Aparcamiento,..

4, EJEMPLO DE CÁLCULO DEL AFORO:

Para el cálculo de un ejemplo concreto, lo hemos tomado de la web de GOBAI Group  que es una Consultoría técnica de Barcelona, especializada en la coordinación de obras de locales comerciales, así como Legalizaciones de Actividades e Instalaciones. Dicho ejemplo es el siguiente:

  • Ejemplo de RESTAURANTE: que tendría las siguientes actividades: 1 almacén de 25 m2, 1 cocina de 20 m2, 1 comedor de 80 m2, unos aseos de 16 m2 (con aseo de minusválidos),  un pasillo de 6 m2, una barra de 19,50 m2, un vestíbulo de 4 m2 y una sala de máquinas de 6 m2.

El cálculo, se realiza de la forma siguiente:

  1. Uso, de un Bar-Restaurante o Restaurante: Uso Publica ConcurrenciaSignifica que los clientes pueden ser variados, no estando adscritos al establecimiento (como sería una Asociación) y que está abierta al público en general.
  2. A continuación, miramos el DB SI3  en su  Apartado 2 , observando en la tabla, el Uso principal correspondiente
  3. Fijáos en toda la tabla, pues hay otros usos  a los cuales alguna de las dependencias del local podrian acogerse, en caso de no estar definidas en el Uso Principal.
  4. De la tabla, obtenemos los siguientes datos:
    1. Almacenes: 40,00 m2/persona….teniendo un almacén de  25,00 m2, nos da una ocupación de:  0,625 personas
    2. Salas de maquinas: Solo accesibles para mantenimiento, etc…Ocupación Nula = ocupacion de 0,00 personas
    3. Zonas de servicio en Restaurantes, tales como cocinas, barras…: 10, 00 m2/pers. La cocina y la barra suman 39,50 m2. La ocupación será: 3,95 personas
    4. Comedor: Zona de personas sentadas, ocupación 1,5 m2/pers. Con un comedor de 80 m2, la ocupación será de 53,33 personas
    5. Aseos: Aseos de Planta, ocupación 3,00 m2/persona. Con una superficie de 16 m2, la ocupación  será  de 5,33 personas
    6. Vestibulo: Vestibulos generales, ocupación 2,00 m2/persona. Teniendo un Vestibulo de 4,00 m2, la ocupación será de 2 personas
    7. Pasillo:  Zona de ocupación ocasional, ocupación Nula.….0,00 Personas.
    8. Suma de todas las personas de cada dependencia:
      1. Almacén:………………………………. 0,625 pers.
      2. Sala Maquinas: ………………………..0,00 pers.
      3. Barra y cocina:…………………………3,95 pers.
      4. Comedor:………………………………53,33 pers.
      5. Aseos:…………………………………… 5,33 pers.
      6. Vestíbulo:……………………………….2,00 pers.
      7. Pasillo:……………………………………0,00 pers.
      8. TOTAL OCUPACIÓN (AFORO): ….59,90 Personas = 60,00 personas (para este ejemplo)

(Este cálculo nos define, tanto las personas de servicio como las de público que “legalmente”  caben en un establecimiento)

No obstante si lo que queremos es saber cuántas personas nos entran de público, deberemos hacernos unas preguntas  para hacer el cálculo adecuadamente y como sigue:

  • Qué “superficie útil accesible al público” tiene mi local y qué comprende?
    • Es la superficie de todas las estancias, donde el cliente tiene acceso sin restricciones (descontando de éstas los gruesos de paredes)
      • NO, se contabilizan cómo superficie util accesible al público, las cocinas, barras, almacenes, despachos, vestuarios, etc..
      • SI, se contemplan  como zonas de superficie util accesible al público, los comedores, salones (incluso los privados), servicios higiénicos, pasillos de acceso, distribuidores (que den directamente a zonas de público), Halls de entrada, etc,…. Las escaleras en zonas de público tambien se contemplan como tales, tratando de contemplar la superficie que ocupan en cada planta, independientemente de la siguiente.
  • Estado en qué estarán los clientes de mi establecimiento? ¿Estarán de pié , o sentados la mayor parte del tiempo?
    • Si se trata de un Bar musical o de una Discoteca, los clientes lo normal es que estén generalmente de pié
    • Si se trata de un Restaurante, Bar Restaurante, o similares, lo normal es que estén sentados, la mayor parte del tiempo.

Una vez, conocidos estos datos, tan solo tenemos que  saber la ocupación prevista en m2/persona, en función del tipo de establecimiento y su Uso (Igual que en el punto primero, en base al DB SI3)

  • Locales donde los clientes están generalmente de pié: 1 pers/1,00 m2
  • Locales donde los clientes están generalmente sentados: 1 persona /1,50 m2.

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57 comentarios

  • Enlace al Comentario Omar Andrés Sábado, 09 Noviembre 2019 22:20 publicado por Omar Andrés

    Hola muy buenas, cabe la posibilidad de poder contactar contigo para una ayuda, en un tema relacionado. vivo en barcelona españa nose, ni me he fijado si estas aqui, mi correo es cdo.omar@gmail.com
    Y mi.contacto +34642989114 andres gracias

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  • Enlace al Comentario Juan Carlos García delosReyes Domingo, 10 Noviembre 2019 18:01 publicado por Juan Carlos García delosReyes

    Hola Omar Andrés, por favor escribeme a mi correo juancarlos@gr-arquitectos-com y me explicas detalladamente tu consulta... ojalá esté en mi mano poder ayudarte. Saludos cordiales desde Granada

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  • Enlace al Comentario T Jimenez Miércoles, 20 Noviembre 2019 09:09 publicado por T Jimenez

    Buenos dias, necesitaria que por favor me indiquen si el aforo de un local comercial tiene que certificarlo algún organismo público.
    Muchas gracias

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  • Enlace al Comentario Juan Carlos García delosReyes Domingo, 01 Diciembre 2019 18:03 publicado por Juan Carlos García delosReyes

    Estimada/o T Jimenez, voy a intentar contestar a tu pregunta, y para ello he pedido la opinión a uno de los más reputados especialistas en la materia, el arquitecto Miguel Martín Heredia, a la sazón el responsable de la secretaría técnica del Colegio Oficial de Arquitectos de Granada, con la conclusión siguiente:
    "El aforo puede tener controversia, la ocupación máxima la determina el Código Técnico de la Edificación por condiciones de evacuación, pero el aforo puede ser distinto por condiciones administrativas, planeamiento, ordenanzas, etc., así pues, es algo complejo, aunque lo más habitual es que coincida con la ocupación máxima". Y con respecto de quien podría certificarlo, "lo podría certificar un arquitecto como técnico cualificado", o por otra parte quedar definido por el ayntamiento estar "en el condicionado de la licencia".
    Espero que te haya sido de utilidad. Saludos cordiales!!!

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  • Enlace al Comentario Juan Carlos García delosReyes Domingo, 02 Febrero 2020 15:10 publicado por Juan Carlos García delosReyes

    ME ESCRIBE ALMENDRA RAMÍREZ: buenas tardes sr juan carlos! disculpe la molestia pero no entiendo bien cómo sacar un aforo. Si tengo un terreno de 1200m2 y hare un edificio de max 8 pisos cuanto aforo tendria ? ojala pueda ayudarme
    LE CONTESTO: Buen día Almendra Ramírez, Desconozco desde donde me escribes, aunque por tu manera de expresarte deduzco que será desde Iberoamérica. Intentaré contestarte:
    En general el aforo de un edificio suele regularse para establecer el uso máximo a los locales de pública concurrencia en aras a garantizar su seguridad y su adecuada evacuación en caso de siniestros. Nos estaríamos refiriendo a salas de conferencias, hospitales, colegios, cafeterías, etc. Y por eso mismo, el aforo está relacionado también con el uso de dicho inmueble y así en general se suele establecer por las normas la ratio entre los m2 útiles y el nº de usuarios, así por ejemplo se podría establecer que para un uso determinado dicha ratio podría ser 1 usuario/2 m2 útiles. Por tanto esa ratio suele venir especificada por la norma local o nacional que sea de aplicación.
    En el caso que planteas, hay una serie de interrogante que antes deberías responderte:
    - ¿Cuántos m2 construidos se edificarían en total? Si el terreo es de 1200 m2 y tendrá 8 pisos, debes definir primero cual es la superficie construida por cada planta (piso)
    - ¿a qué usos o actividades se va a destinar el edificio?¿Cuántos m2 útiles tendrá cada uno de dichos usos o actividades?
    - ¿Cuál es la ratio de usuarios/m2 útiles para cada uso? Para ciertos usos la ratio se refiere a los m2 estrictos en los que se va a desarrollar la actividad (por ejemplo si es un teatro el aforo podría ser la superficie útil de la sala del teatro dividida entre 1,5); o si por ejemplo en para un uso residencial, deberías previamente deducir la superficie de los m2 comunitarios (escaleras, pasillos y hall), etc.
    Así pues, haremos varias hipótesis suponiendo que sea para uso residencial: EDIFICIO CUYAS 8 PLANTAS SE DESTINARÁN A APARTAMENTOS DE 3 DORMITORIOS, A RAZÓN DE 70 M2 ÚTILES APARTAMENTO. SUPONDREMOS ADEMÁS QUE EL EDIFICIO OCUPA EL 80% DEL TERRENO YA QUE EL 5 RESTANTE SE DESTINA A PATIOS DE LUCES:
    - Superficie construida: 1200 m2 x 0,8 x 8 = 7680 m2 construidos
    - Superficie útil (supondremos que por ejemplo es el 80% de la superficie construida (ya que el 20% se destinaría a espacios comunitarios o a el espesor de la construcción): 7680 x 0,78 = 5990,4 m2 útiles
    - Nº de Apartamentos: 5990,4 /70 = 85,58 consideraremos 85 apartamentos
    - Si consideramos una ratio, por ejemplo, de 5 personas por apartamento tendríamos: 85 x 5 = 425 ocupantes
    Por tanto, amiga Almendra Ramírez serán parámetros imprescindibles de manera previa:
    - Superficie construida y útil según usos y actividades del edificio, y
    - Ratio de m2 útiles/usuario (basada en la experiencia, en los datos del proyecto o en la normativa de aplicación

    Te deseo que pueda serte de utilidad. Gracias por visitar laciudadcomprometida.eu

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  • Enlace al Comentario Darren Lunes, 03 Febrero 2020 20:39 publicado por Darren

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  • Enlace al Comentario Julio Sabatini Krause Lunes, 16 Marzo 2020 03:13 publicado por Julio Sabatini Krause

    Hola buenos dias, mi nombre es Julio soy de Palma de Mallorca, estoy intentando calcular el aforo para un local comercial de venta minorista teniendo en cuenta la dsitancia de seguridad que se ha dicho por el tema del coronavirus, lo que entiendo es que para personas de pie seria de 1per/m2 y que se calcula por cada estancia y luego se suman etc, ahora bien, para la dsiancia de seguridad de 1 mt, cuantos serian los m2 por persona para este tipo de local y, sí ademas habria que mantener ( que a mi me parece que si) una espacio de circulacion proporcional? para que no se hagan cuellos de botella en la caja, desde ya muchas gracias

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  • Enlace al Comentario Juan Carlos García delosReyes Lunes, 16 Marzo 2020 07:17 publicado por Juan Carlos García delosReyes

    Muchas gracias Julio por dirigirte a La Ciudad Comprometida para aclarar tus dudas... A ver, para calcular el aforo en los espacios de atención al público creo que deberías hacer el ejercicio gráfico de tu propio local en el que de una parte en efecto dejes una franja de circulación de 1 mts de ancho y además zonifiques el espacio restante para calcular el aforo máximo a fin de garantizar que en efecto se cumplan las distancias de seguridad entre personas. Haz el dibujo correspondiente y si tengas dudas me lo mandas a mi correo y ya te doy mi opinión juancarlos@gr-arquitectos.com

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  • Enlace al Comentario JOEL Lunes, 16 Marzo 2020 19:07 publicado por JOEL

    Buena tardes, quería consultar si para un patio de recreo de 44 m2 para alumnos de una institución educativa inicial - primaria se considera dentro del calculo de aforo, puesto que durante el año se desarrollan diversas actividades educativas en fechas establecidas por el ministerio de educación, actividades en las que también participan los padres de familia...

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  • Enlace al Comentario Sandra Dapprich Jueves, 30 Abril 2020 04:43 publicado por Sandra Dapprich

    Buenos días,
    Le escribo de la Comunidad Valenciana y también es por el tema del aforo por distancia mínima por el Covid19.
    He entendido más o menos el tema del cálculo de los aforos de los interiores pero necesito saber el aforo de un centro de jardineria al aire libre... si podremos atender al 30% de la capacidad maxima del aforo como lo calculo teniendo en cuenta que el terreno total son unos 10.000 metros2?
    Sirve igualmente la regla de 1 persona cada 2 metros2?
    Y en las naves de planta interior y decoración tendría que deducir la ocupacion de muebles, mesas etc y solo tener en cuenta los metros 2 de libre circulación para el cálculo?
    Muchísimas gracias por vuestra respuesta!
    Un saludo
    Sandra

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