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EUROPARC-España  es una organización en la que participan las instituciones implicadas en la planificación y gestión de los espacios protegidos en España y constituye el principal  foro profesional donde se discuten y elaboran propuestas para la mejora de estos espacios.

Entre sus objetivos está facilitar y apoyar las relaciones entre los espacios protegidos del Estado español, y de éstos con áreas protegidas de otros países, promover proyectos comunes, fomentar la cooperación entre los espacios protegidos, especialmente en el campo de la información y de la formación.

Dentro de su labor informativa esta la publicación de manuales y guías como la que hoy os presentamos: “Conceptos de uso público en los espacios naturales protegidos”, que se ubica dentro del Plan de acción para los espacios naturales protegidos del Estado español (2002). El Plan de Acción es un documento estratégico que proporciona diagnósticos, recomendaciones propuestas de acciones concretas para afrontar los desafíos que plantean los Espacios Protegidos, su planificación, su gestión y su conservación.

Portada del Manual. FUENTE: redeuroparc.org
                    Portada del Manual. FUENTE: redeuroparc.org

El objetivo último de este manual es la clarificación de los conceptos sobre el uso público. Se ha llevado a cabo mediante la definición de un conjunto de términos aplicables a la gestión y administración del uso público. Según el Plan de Acción se entiende por uso público el conjunto de actividades, servicios y equipamientos que, independientemente de quien los gestione, debe proveer la Administración del espacio protegido con la finalidad de acercar a los visitantes a sus valores naturales y culturales, de forma ordenada, segura y que garantice la conservación y la difusión de tales valores a través de la información, la educación y la interpretación ambiental.

Se establecen la definición de ciertos conceptos que son básicos para una adecuada gestión de los espacio protegidos, como el “Modelo de uso público”, entendido como el Esquema teórico de uso público, incluido en un plan director o en un plan de uso público y aplicable a su ámbito respectivo, para cuyo desarrollo deben de ponerse en marcha un conjunto coherente de objetivos, estrategias, programas, medidas, actuaciones, etcétera, ejecutables o no en un plazo fijado.

La realidad es que solo un tercio de las administraciones habían elaborado su modelo en el momento de la publicación de este manual, ya sea porque no se cuenta con los planes que los incluyan o bien porque estos planes carecen del modelo, incluyendo un conjunto de objetivos y propuestas cerrados.

Lo que nos lleva al concepto de “Plan de uso público”, definido como un  documento marco de referencia que en coherencia con lo establecido en el plan de gestión (PRUG u otros) propone, analizando la situación de partida y describiendo un diagnóstico sobre los puntos clave que condicionan el modelo a seguir y las actuaciones propuestas, el modelo de uso público que se pretende para el espacio protegido, y las directrices que regirán las actuaciones de cada uno de los programas que lo desarrollen.

Imagen del Manual. FUENTE: redeuroparc.org
                    Imagen del Manual. FUENTE: redeuroparc.org

Dados los instrumentos comúnmente utilizados para planificar, no se excluye la posibilidad de que el modelo forme parte del PORN (Plan de Ordenación de los Recursos Naturales) o del PRUG (Plan Rector de Uso y Gestión) de un espacio concreto, puesto que estos instrumentos, según los casos, pueden llegar a afinar las líneas maestras que regularán el uso público en su ámbito.

El manual, además de profundizar en estos conceptos de la gestión administrativa,  concluye con la definición de los equipamientos y dotaciones, programas para visitantes así como con una serie de recomendaciones que pretenden aportar conclusiones prácticas para fomentar la puesta en marcha de acciones por parte de los organismos gestores del uso público.

Pincha aqui para descargar el manual desde la página de EUROPARC.

Ignacio Henares entre Juan Carlos García de los Reyes y Ana Gómez.
Ignacio Henares entre Juan Carlos García de los Reyes y Ana Gómez.

El pasado jueves 28 de noviembre, el biólogo y Director Conservador del Parque Nacional y Natural de Sierra Nevada, don Ignacio Henares Civantos, impartió una ponencia en los Foros Profesionales de GRarquitectos, bajo la temática del nuevo  “PORN de Sierra Nevada”, que está previsto que entre en vigor en las próximas semanas.

Tras exponer la secuencia temporal de las distintas catalogaciones que ha obtenido el macizo de Sierra Nevada (Reserva de la Biosfera´86, Parque Natural´89, Parque Nacional´99, Red Natura 2000 y ZEPA´02) el ponente profundizó en la revisión que del PORN de 1994 se está llevando a cabo como consecuencia de su actualización (ya que éste fue aprobado incluso antes de la declaración de Parque Nacional) y adecuación a la nueva normativa de referencia (Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad), previendo que dicha revisión vea la luz a principios del año que viene.

La nueva zonificación interna en la que se distribuye el espacio protegido fue realizada por una consultora externa que, a fin de aportar neutralidad en sus decisiones, fue contratada por el organismo gestor del Parque. Ésta concluyó que, en sintonía con las demandas que los distintos organismos internacionales reclaman, todo el ámbito se dividiera en:

  1. Una zona nuclear (donde se preservarían los principales valores ambientales).
  2. Una zona tampón (donde se amortiguarían los impactos sobre la anterior).
  3. Una zona transición (donde se produciría el principal intercambio entre el espacio protegido y las poblaciones que lo habitan).
  4. Una zona o área de influencia socioeconómica (que incluiría todos los municipios afectados).

Todas éstas serían segregadas a su vez en distintas categorías según valores y usos permitidos, de manera que se le facilite al gestor el otorgamiento de autorizaciones; autorizaciones que se prevé sean más fluidas en su tramitación a través de la implantación de unos nuevos modelos normalizados y la expedición de dos tipos de permisos:

  • Autorización (para planes, programas y actividades de gran repercusión y que requieran un estudio pormenorizado por parte de los técnicos competentes).
  • Comunicación previa (para pequeñas intervenciones, de manera que su resolución sea instantánea y acelere los trámites).

Conocidas las áreas de protección, se detallaron algunas de las limitaciones de usos a modo de ejemplo, lo que suscitó el interés de la concurrencia, que preguntó al ponente sobre casos puntuales, entre los que destacaron la incompatibilidad de suelos urbanos consolidados con zonas forestales (Lanjarón), la imposibilidad de desarrollos en núcleos que se encuentran constreñidos por la nueva zonificación del PORN y el Sitio Histórico de la Alpujarra (Juviles), el impacto de determinadas iniciativas de infraestructuras (teleférico) y usos (nuevas pistas de esquí), o la determinación de la clasificación de los suelos del Parque como no urbanizables de especial protección por legislación específica, lo que si no se detalla en el presente PORN difícilmente podrá obtener dicha clasificación.

Todas estas preguntas recibieron debida respuesta por parte del ponente, que quedó emplazado para una explicación más detallada y pormenorizada, una vez aprobado definitivamente el documento.

Por Juan Garrido. Geógrafo de GRarquitectos