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- ¿Alguno de vosotros no conoce la Fiesta de la Tomatina?

Lo dudo, porque ya es tan famosa que quién no habría oído hablar de ella. Una original fiesta con la que BUÑOL ya se ha hecho hueco entre los eventos internacionales más divertidos y coloridos…

BUÑOL TOMATINA

Pero ahora os lanzo una nueva pregunta:

- ¿Qué más conocéis de ese lugar?

Pues bien, ese es el propósito de este post, contaros que BUÑOL es más, en realidad muchísimo más, que su Tomatina.

Para empezar, os diré que se trata de un municipio de unos 10.000 habitantes que se ubica en el corazón de las bellas montañas que bordean por el oeste a la metrópoli de Valencia. Su territorio atesora indudables valores naturales y ecológicos (basta citar la Sierra de la Malacara, por ejemplo) pero no menos valiosa es también la riqueza de su historia y de sus tradiciones. La explicación podríamos encontrarla, desde mi punto de vista, en varias razones principales:

  • por tratarse de un lugar estratégicamente ubicado, por cuyas tierras discurre la ruta principal que conecta el corazón de Castilla con el Mediterráneo (no en vano la autovía A-3 Madrid/Valencia pasa por aquí);
  • por la abundancia de sus aguas y manantiales que afloran por doquier, posibilitando un primoroso paisaje agrario que se ha ido conformando a lo largo de los siglos;
  • y porque la geología también ha regalado a esta tierra algunos monumentos naturales verdaderamente sorprendentes.
  • BUÑOL MALACARA

    BUÑOL BARRANCO

    BUÑOL FORESTAL

BUÑOL AGRÍCOLA

Como lugar estratégico que fue, el germen de esta ciudad lo constituyó un sorprendente Castillo-Palacio en torno al cual se conformó el "barrio viejo" a raíz de la conquista del lugar por el rey de Castilla D. Jaime I, mediados el siglo XIII.  

BUÑOL GENERAL CASTILLO

Y por resumir su historia, también te diré que otro de los momentos más relevantes se produjo a finales del S. XIX a raíz de la modernización de los antiguos molinos harineros y batanes gracias a la proliferación de una serie de fábricas de papel que aprovechaban el caudal de los ríos Buñol y Juanes, dando lugar a una notable actividad industrial y también, lógicamente, al nacimiento de una cierta sociedad burguesa local que tuvo su reflejo en la forma de la ciudad y de su arquitectura. De ahí la conformación del Barrio de San Luis y sus bellos edificios modernistas de la primera mitad del siglo XX.

 

BUÑOL PATRIMONIO INDUSTRIAL

 Por tanto, en BUÑOL como consecuencia de todos esos factores (geografía, naturaleza, historia, cultura del agua, agroindustria, patrimonio industrial y tradiciones) constituye un mosaico de ricos y muy diversos recursos. Por eso, como te decía, debes saber que BUÑOL es más, muchísimo más, que su famosa fiesta de La Tomatina.

Y te preguntarás que a qué viene que hoy te hable de este lugar que se encuentra a casi 500 km de Granada. Pues te lo diré: Resulta que su ayuntamiento nos ha encomendado a www.gr-arquitectos.com una delicada y ejemplar tarea: identificar, analizar, proteger y mimar todo ese rico patrimonio cultural, natural y paisajístico del que antes te hablaba, lo cual se va a concretar en la realización de dos instrumentos urbanísticos que ya se están acomentiendo de manera simultánea:

- De una parte, el CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS del municipio:

- Es un instrumento de ordenación de ámbito municipal, mediante el cual se determinan aquellos elementos territoriales, espacios o bienes inmuebles que, en razón de sus especiales valores culturales, naturales, paisajísticos u otros, requieren de un régimen de conservación específico y, en su caso, la adopción de medidas cautelares de protección o de fomento y puesta en valor

- Los elementos que forman parte del catálogo de protecciones podrán identificarse tanto individualmente, como formando parte de un conjunto.

- El Catálogo diferenciará, al menos, tres secciones: patrimonio cultural, patrimonio natural y paisaje

BUÑOL BIBLIOTECA

- Y, de otra parte, el PLAN ESPECIAL DEL ENTORNO DEL B.I.C. CASTILLO DE BUÑOL con la finalidad de regular de manera detallada y con criterios de protección cultural todo el entorno urbano de dicho monumento. Permitirá la definición de todos aquellos aspectos urbanísticos que sean necesarios (volúmetes, alineaciones, materiales, texturas, usos...) evitando subjetividades y dotándo  por tanto de seguridad jurídica para las autorizaciones y permisos.

BUÑOL ENTORNO CASTILLO

 En ambos casos, CATÁLOGO y PLAN ESPECIAL, se desarrollan gracias al novedoso enfoque de la legislación en materia de ordenación territorial y urbanística de la Comunidad Autónoma de Valencia, que tengo que decirte que ha sido pionera en España al considerar al paisaje como un recurso ambiental, territorial, cultural y económico. Como consecuencia de ello, la variable paisajística ya forma parte sustancial de los instrumentos de planificación tal y como prevé la reciente Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP) que, entre otras muchas cosas, define al Estudio de Paisaje como el instrumento clave para establecer los objetivos, principios, estrategias y directrices que permitan identificar y diseñar las actuaciones de conservación y puesta en valor del paisaje municipal.

Por eso, quisiera terminar esta reflexión de hoy resaltando dos ideas fuerza que me parecen más que importantes:

  • En primer lugar, felicitando a su Ayuntamiento de BUÑOL por haber tenido la valentía y la clarividencia de impulsar estos dos instrumentos que son una apuesta por la armonía, la defensa de la memoria colectiva y la conservación de los recursos locales, como contraposición a las huellas indelebles que, lamentablemente, también en esta ciudad han dejado desarrollos urbanísticos absurdos y no tan lejanos. Por tanot, una excelente buena práctica en la que deberían mirarse todos los municipios.
  • Y, en segundo lugar, evidenciar que BUÑOL, que también cuenta con una Fiesta declarada de Interés Nacional, dispone de un riquísimo patrimonio cultural (arquitectónico, urbano, paleontológico, arqueológico y etnológico); natural y paisajístico, para orgullo de sus gentes y de todos los valencianos y españoles.

¡Ah! Que se me olvidaba… Te comparto los enlaces de las dos rutas que recientemente he realizado por el municipio para conocer sus tesoros. ¡Absolutamente recomendables! Así que cálzate las zapatillas y...

BUÑOL VISTA GENERAL

 

BUÑOL TORRE IGLESIA

BUÑOL PLAZA DEL PUEBLO

BUÑOL AYUNTAMIENTO

BUÑOL TOMATINA 2

BUÑOL JC

 

Hoy quiero hablaros de una de las medidas más efectivas de cara a la protección del patrimonio cultural: Los Catálogos. Como sabéis, en las ciudades históricas y su entorno, sea urbano o rural, es imprescindible arbitrar una gama diversa de determinaciones relativas a la conservación, protección o mejora de su patrimonio urbanístico, arquitectónico, histórico, cultural, natural y paisajístico, en consonancia con los valores históricos y formales de los espacios urbanos, edificios y demás elementos significativos que contengan.

Y entre dichas determinaciones merecen una especial mención por sus efectos reguladores los Catálogos de Protección del Patrimonio Cultural, que si bien suelen elaborarse conjuntamente con los instrumentos de planificación de dichos ámbitos históricos (comúnmente llamados Planes Especiales o Planes Maestros) sin embargo constituyen documentos autónomos que podrían elaborarse y aprobarse de manera autónoma.

Dado que estamos hablando de ciudades con valores relevantes de tipo patrimonial, en la mayor parte de los países suelen superponerse las legislaciones sectoriales de tipo urbanístico y de tipo cultural, por lo que su regulación es frecuente que venga establecida por estas dos visiones complementarias, y así en el caso de Andalucía, España, los Catálogos también están regulados doblemente:

- Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA): Estableciendo en su Artículo 16 que el Catálogo de bienes y espacios protegidos tiene por objeto complementar las determinaciones del Plan General relativas a la conservación, protección o mejora del patrimonio urbanístico, arquitectónico, histórico, cultural, natural o paisajístico.
"Será obligada la redacción del Catálogo cuando el Plan General aprecie la existencia de bienes o espacios en los que concurran valores singulares. Se incluirán en el Catálogo aquellos elementos y espacios, del patrimonio urbanístico, arquitectónico, histórico, cultural, natural o paisajístico que de acuerdo con la información obtenida posean valores, de carácter singular u de otro rango, que hayan de ser objeto de protección específica de acuerdo con los criterios del Plan General. Para estos elementos y espacios se particularizará en su caso, los distintos niveles o grados de protección y la normativa de protección prevista por el Plan General."
A tal fin, el Catálogo de Bienes Protegidos debe formalizarse como un documento diferenciado, con independencia de su pertenencia al conjunto del Plan General.

- Ley 14/2.007 de Patrimonio Histórico de Andalucía (LPHA): Que expone en el Artículo 31 en relación con el contenido de protección de los planes que:
“1. Los planes urbanísticos que afecten al ámbito de Conjuntos Históricos, Sitios Históricos, Lugares de Interés Etnológico, Lugares de Interés Industrial y Zonas Patrimoniales deberán contener como mínimo:
c) La catalogación exhaustiva de sus elementos unitarios, tanto inmuebles edificados como espacios libres interiores o exteriores u otras estructuras significativas, así como de sus componentes naturales. Para cada elemento se fijará un nivel adecuado de protección.”

Y así concebidos, su verdadero alcance debe suponer no sólo una relación de bienes que deben ser conservados, sino que constituye la singularización sobre los bienes incluidos en él de una normativa específica para cada uno de ellos, tendente a su conservación, protección y mejora, cuyas determinaciones específicas han de prevalecen sobre el resto de documentos del plan urbanístico.

A efectos prácticos, el Catálogo de Protección del Patrimonio Cultural es frecuente que se divida en:
- Patrimonio Inmueble
- Patrimonio Arqueológico.
- Patrimonio Etnológico.

Y para cada uno de los bienes a catalogar establecerá una doble clasificación: de una parte asignando distintos niveles de protección; y de otra atendiendo a los valores genéricos del elemento a proteger: históricos, artísticos, etnológicos, arquitectónicos, espaciales, tipológicos, ambientales, etc. Y todo ello ha de concretarse en fichas individualizadas, en las que se precisan las condiciones particulares de ordenación de cada elemento: intervenciones permitidas, obras obligatorias (por ejemplo, la necesidad de reconstruir los huecos de planta baja dañados por la implantación de un local comercial, etc.), usos recomendados, ocupación de la parcela, altura máxima, u otras afecciones singulares que se consideren necesarias.

Además, el Catálogo debe dotarse de una normativa de protección que regule cada uno de los aspectos relacionados con la conservación, protección o mejora de los elementos que se pretenden proteger.

A modo de ejemplo, os trascribo un extracto de la memoria del Catálogo de Protección del Patrimonio Cultural del Sector Alhambra (Granada, España) que se incluye en su Plan Especial de Protección (en elaboración):

“… contiene la relación detallada y la identificación precisa de los bienes o espacios que, por su valor, son objeto de una especial protección. Constituye la singularización sobre los bienes incluidos en él de una normativa específica para cada uno de ellos, tendente a su conservación, protección y mejora, cuyas determinaciones específicas prevalecen sobre el resto de documentos.

A través del Catálogo de Protección del Patrimonio Cultural, se lleva cabo una rigurosa catalogación de los siguientes Bienes incluidos dentro del Sector Alhambra del Conjunto Histórico de Granada: Bienes Incoados o Inscritos en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz, Bienes Inscritos en el Inventario de Bienes Reconocidos Zonas de servidumbre arqueológica y yacimientos o zonas de cautela arqueológica.

fichaCatalogoPPAlhambra

Fuente: Documento para la aprobación inicial del Plan Especial de la Alhambra (Granada)

 

Publicado en La Ciudad Comprometida