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Detrás de esas cifras mareantes se encuentran vuestro cariño y vuestra confianza

Uf, hoy se cumple el año más largo de nuestras vidas y con él también hoy comenzará una vida muy diferente a como siempre pensamos que sería. Y ya sabéis que no está siendo fácil hacernos a la idea… Ni tampoco acostumbrarnos a tanta angustia que nos trajo ni a tantos vacíos como nos dejó.
En aquellos meses, ya tan lejanos, del principio del COVID, quisimos brindar desde La Ciudad Comprometida, con humildad, pero también con mucha solidaridad, nuestro apoyo profesional para ayudar a desentrañar las claves del cálculo de los AFOROS COVID-19 pensando sobre todo en los usuarios, pequeños empresarios, alcaldes o instituciones. Una colección de 4 reflexiones que os han ayudado a aprender de nuestros aportes y enseñanzas tan masticaditas…
Y el mejor premio a esa iniciativa, o si queréis, la mejor prueba de que se trataba de algo necesario han sido los MÁS DE 250.000 LECTORES que os habéis interesado por esta temática en este año terrible. Una temática que sigue siendo tan de actualidad que aún hoy sigue acercándonos a 500 nuevos lectores cada día…
Por eso hoy, que voy con prisas porque hay un día lleno de luz que me reclama salir a pasear, he pensado trascribiros algo que os escribí hace tiempo:
“Una vez más vuelve a ser cierto (y más que gratificante) aquello que me enseñaron mis bellos padres. Eso de que Dando siempre recibirás… Porque yo mismo lo he podido comprobar en mis carnes a través de vuestras miles y miles de lecturas y de consultas, llegadas desde numerosas ciudades y países.”
Os dejo esos cuatro enlaces, que me voy corriendo a disfrutar de la primavera que hoy asoma la patita… ¡Gracias de corazón!
https://laciudadcomprometida.eu/el-consultor-urbanistico/148-el-consultor-urbanistico-de-los-ciudadanos-como-puedo-conocer-el-aforo-maximo-de-un-local
https://laciudadcomprometida.eu/el-consultor-urbanistico/5066-quieres-conocer-el-aforo-maximo-covid-19-de-un-local
https://laciudadcomprometida.eu/soluciones-para-mejorar-el-aforo-en-la-reapertura-covid-19-de-los-locales
https://laciudadcomprometida.eu/consultorio-gratuito-sobre-el-aforo-covid-19
¿Cumple tu Local el AFORO COVID-19?

Noelia me escribe: “¿Cómo puedo saber el aforo que tiene mi peluquería? Necesito saber el aforo ya que por el estado de alarma en principio solo puedo tener el 30%. En total mide 50 metros y de salón 40 metros cuadrados.”
Para responder a esa pregunta, para ese como para cualquier otro local, hay que tener en cuenta dos cuestiones esenciales:
1, ¿QUÉ ES EL AFORO MÁXIMO DE UN LOCAL Y CÓMO SE CALCULA?
Sobre esta cuestión os recomiendo leer detenidamente el artículo que al respecto os escribí (cuyo enlace os adjunto) en el que explico detalladamente su cálculo: https://laciudadcomprometida.eu/el-consultor-urbanistico/148-el-consultor-urbanistico-de-los-ciudadanos-como-puedo-conocer-el-aforo-maximo-de-un-local
Aunque estas son las ideas esenciales:
- Lo importante no es saber cuánta gente cabeen un establecimiento sino cuanta gente cabe “legalmente”en local, es decir: su AFORO
- Su cálculo está regulado legalmente por el Código Técnico de la Edificación (CTE) y es frecuente que esté controlado por el Departamento de Bomberos, aunque algunas legislaciones municipales o supramunicipales puedan también regularlo de manera complementaria.
- El aforopor tanto se realiza en función del Usodel establecimiento.
2, ¿CÓMO SE VE AFECTADO EL AFORO MÁXIMO DE UN LOCAL POR EL ESTADO DE ALARMA COVID-19?
El Gobierno de España ha aprobado una orden ministerial “por la que se regula el proceso de cogobernanza con las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla para la transición a una nueva normalidad.”
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4792
En dicha orden se establece “una fase cero o preliminar y tres fases de desescalada diferenciadas en función de las actividades permitidas en cada una de ellas, por las que podrán transitar los diferentes territorios en función de diversos criterios e indicadores hasta llegar a la nueva normalidad, una vez finalizada la fase III, en la que terminarán las restricciones sociales y económicas, pero se mantendrá la vigilancia epidemiológica, la capacidad reforzada del sistema sanitario y las medidas de autoprotección de la ciudadanía.”
A grandes rasgos, estos son los principales aspectos a tener en cuenta para la hostelería y el comercio:
FASE 0: Arranca el lunes 4 de mayo con la reapertura de comercios minoristas de menos de 400 metros cuadrados y la apertura de bares y restaurantes solo para recogida de comida para llevar. Cuestiones relacionadas con el aforo:
Comercio:
-
- Los clientes deberán acudir con cita previa y la atención debe ser individual, con un máximo de un cliente por empleado del establecimiento.
- La distancia entre los clientes y los empleados debe ser de al menos dos metros y se establecerán franjas horarias preferentes para los clientes de 65 o más años, que deben coincidir con sus horarios de paseo.
- En las peluquerías, donde no es posible mantener los dos metros de separación, serán obligatorias las medidas de seguridad, como equipos de protección individual y mascarillas.
Hostelería:
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- Desde este lunes se permite la recogida de comida en bares y restaurantes, aunque sin posibilidad de consumo en el local.
- Los establecimientos deberán contar con una separación a través de mamparas entre los empleados y los clientes y estos deberán mantener una separación mínima de dos metros, con un aforo limitado de un cliente por cada trabajador.
FASE1: Está previsto que comience a partir del 11 de mayo, si se cumplen los parámetros que establecerá el Ministerio de Sanidad, aunque algunas islas de Canarias -La Graciosa, El Hierro y La Gomera- y de Baleares -Formentera- ya comenzarán esta fase a partir del 4 de mayo.
Comercio:
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- Podrán abrir los comercios con superficies superiores a los 400 metros cuadrados, mientras que en la Fase 2 ya podrán operar los parques y centros comerciales, aunque sin utilizar las zonas comunes
Hostelería:
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- Podrán abrir las terrazas al aire libre (aquellas que están en la vía pública como las que se encuentren dentro del establecimiento hostelero) con un aforo permitido del 50%.
- Para ello, impone una serie de limitaciones, como la separación de al menos dos metros entre mesas o el número de ocupantes de una misma mesa, que no podrá ser más de diez, cifra que Sanidad también fija como máximo para las reuniones en los hogares.
- Una vez superada la Fase 1, se permitirá un tercio del aforo de la sala y solo para las mesas, por lo que no se podrá utilizar el servicio de barra. En la Fase 3, se suavizarán las restricciones de aforo, pero se mantendrán "estrictas condiciones" de separación entre el público (abrirán las discotecas y los bares nocturnos, con un aforo máximo de un tercio).
Pero más allá del cumplimiento de tales normas reguladoras del aforo máximo, hay coincidencia entre las organizaciones de comerciantes y hosteleros sobre la necesidad de avanzar en la adopción de “buenas prácticas comerciales adaptadas al coronavirus” y “en protocolos que verdaderamente den seguridad a los comerciantes, hosteleros y a los propios clientes” que les permitan abrir los establecimientos en condiciones óptimas lo antes posible, una vez que las administraciones lo permitan, claro.
Así pues, ya se está hablando por ejemplo de distintivos acreditativos tales como 'hostelería segura', 'Restaurante seguro' o 'Bar seguro', o se barajan medidas como el control de temperatura a la entrada del establecimiento, distancia mínima de separación entre mesas, o la colocación de mamparas de metacrilato…
Y todo eso pue de estar bien, pero yo creo que una medida imprescindible debiera ser que en cada establecimiento (bares, restaurantes, discotecas, edificio de oficinas, locales y centros comerciales, edificios residenciales, edificios educativos, salas polivalentes, sala de cultos…) haya un distintivo acreditativo de su AFORO COVID-19 expedido por un técnico competente, porque dará tranquilidad a los usuarios y seguridad al empresario.
Por eso desde La Ciudad Comprometida nos hemos puesto manos a la obra para colaborar con cada uno de vosotros, al ofreceros la Certificación del AFORO COVID-19 de vuestro establecimiento, visada por el Colegio de Arquitectos además de un distintivo acreditativo de dicho aforo, de acuerdo con la fase de desconfinamiento en la que se encuentre tu establecimiento, a un precio simbólico y de manera solidaria TAN SOLO POR LAS TASAS DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS os podemos ayudar a conseguir un certificado de aforo por fases del COVID: https://laciudadcomprometida.eu/el-consultor-urbanistico/5066-quieres-conocer-el-aforo-maximo-covid-19-de-un-local
También, si lo necesitases,podríamos asesorarte para mejorar dicho aforo estudiando otras condiciones como la distribución y características de los aseos, la ventilación del local... Para ello:
- VISITA EL SIGUIENTE ENLACE: https://www.gr-arquitectos.com/es/el-aforo-covid-19
- O escríbenos a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indicando los siguientes datos y contactaremos urgentemente contigo:
- Nombre del establecimiento
- Tipo de actividad
- Superficie y Aforo actual
- ¿Dispones de Planos/Croquis del establecimiento?
- Nombre y nº de la persona de contacto
Un fuerte abrazo


¿CÓMO PUEDO CONOCER EL AFORO MÁXIMO DE UN LOCAL?
Ana Mª García nos consulta lo siguiente: ¿Qué normativa es de aplicación para conocer el aforo máximo de las salas donde se imparten clases dirigidas en un gimnasio?Muchas gracias y enhorabuena por la iniciativa.
Pincha en la imagen para acceder al vídeo
La respuesta concreta sería 5m2/persona si se trata de una sala con aparatos, o 1’5 m2/persona si es solo de clases sin ellos. Pero si te parece te daremos (para ti y para los demás) una explicación algo más detallada:
1, QUÉ ES EL AFORO DE UN LOCAL:
Lo importante no es saber cuánta gente cabe en un establecimiento sino cuanta gente cabe “legalmente” en local, es decir: su AFORO
Aunque sea frecuente que el aforo esté controlado por el Departamento de Bomberos de cada ciudad, sin embargo su cálculo está regulado legalmente por el Código Técnico de la Edificación (CTE).
El aforo por tanto se realiza en función del Uso del establecimiento con base en lo definido en el Código Técnico de la Edificación (CTE), en uno de sus Documentos Básicos (DB), correspondiente a la Sección de Seguridad contra Incendios Nº 3 (SI3) y más específicamente en el apartado relativo a Evacuación de Ocupantes.
Es decir, que si optáis por buscarlo por internet tendréis que poner en el Buscador: CTE DB SI3 Evacuación de Ocupantes
2, CÓMO SE CALCULA EL AFORO DE UN LOCAL:
En este Documento Básico se cuantifica el aforo en nº de personas/m2 para cada una de las zonas en las que pueda subdividirse una actividad concreta por ejemplo un GIMNASIO (almacén, zona de clases sin aparatos, zona de aparatos, aseos y vestuarios…)
Por lo que el Aforo será el resultado de dividir la superficie de cada estancia por el valor definido para cada una de ellas. En caso de salir un numero decimal de personas en una dependencia, hay que contemplarlo, pues al final hay que sumar todas y cada una de las dependencias de vuestro establecimiento, con las personas (o fracción de estas) obtenidas y finalmente, redondear.
RESUMIENDO: Para calcular el aforo que tiene un local, o lo que es lo mismo, saber cuántas personas caben en él, no solo en condiciones de “confort” sino sobre todo en condiciones de seguridad de “evacuación en caso de incendio” deberemos conocer previamente algunos datos:
- Qué tipo de actividad voy a realizar
- Hay que asociar la actividad a desarrollar con un “Uso” y a continuación subdividirla en función de las actividades específicas que van a desarrollarse, ya que en función de ellas el cálculo de la Ocupación (Aforo), puede variar.
3, CLASIFICACIÓN DE LOS USOS DE LOS LOCALES:
- Uso Comercial
- Uso Administrativo
- Uso Público
- Uso Residencial público
- Uso Publica concurrencia
- Uso Hospitalario
- Uso Residencial Vivienda
- Uso Docente
- Uso Aparcamiento,..
4, EJEMPLO DE CÁLCULO DEL AFORO:
Para el cálculo de un ejemplo concreto, lo hemos tomado de la web de GOBAI Group que es una Consultoría técnica de Barcelona, especializada en la coordinación de obras de locales comerciales, así como Legalizaciones de Actividades e Instalaciones. Dicho ejemplo es el siguiente:
- Ejemplo de RESTAURANTE: que tendría las siguientes actividades: 1 almacén de 25 m2, 1 cocina de 20 m2, 1 comedor de 80 m2, unos aseos de 16 m2 (con aseo de minusválidos), un pasillo de 6 m2, una barra de 19,50 m2, un vestíbulo de 4 m2 y una sala de máquinas de 6 m2.
El cálculo, se realiza de la forma siguiente:
- Uso, de un Bar-Restaurante o Restaurante: Uso Publica Concurrencia…Significa que los clientes pueden ser variados, no estando adscritos al establecimiento (como sería una Asociación) y que está abierta al público en general.
- A continuación, miramos el DB SI3 en su Apartado 2 , observando en la tabla, el Uso principal correspondiente
- Fijáos en toda la tabla, pues hay otros usos a los cuales alguna de las dependencias del local podrian acogerse, en caso de no estar definidas en el Uso Principal.
- De la tabla, obtenemos los siguientes datos:
- Almacenes: 40,00 m2/persona….teniendo un almacén de 25,00 m2, nos da una ocupación de: 0,625 personas
- Salas de maquinas: Solo accesibles para mantenimiento, etc…Ocupación Nula = ocupacion de 0,00 personas
- Zonas de servicio en Restaurantes, tales como cocinas, barras…: 10, 00 m2/pers. La cocina y la barra suman 39,50 m2. La ocupación será: 3,95 personas
- Comedor: Zona de personas sentadas, ocupación 1,5 m2/pers. Con un comedor de 80 m2, la ocupación será de 53,33 personas
- Aseos: Aseos de Planta, ocupación 3,00 m2/persona. Con una superficie de 16 m2, la ocupación será de 5,33 personas
- Vestibulo: Vestibulos generales, ocupación 2,00 m2/persona. Teniendo un Vestibulo de 4,00 m2, la ocupación será de 2 personas
- Pasillo: Zona de ocupación ocasional, ocupación Nula.….0,00 Personas.
- Suma de todas las personas de cada dependencia:
- Almacén:………………………………. 0,625 pers.
- Sala Maquinas: ………………………..0,00 pers.
- Barra y cocina:…………………………3,95 pers.
- Comedor:………………………………53,33 pers.
- Aseos:…………………………………… 5,33 pers.
- Vestíbulo:……………………………….2,00 pers.
- Pasillo:……………………………………0,00 pers.
- TOTAL OCUPACIÓN (AFORO): ….59,90 Personas = 60,00 personas (para este ejemplo)
(Este cálculo nos define, tanto las personas de servicio como las de público que “legalmente” caben en un establecimiento)
No obstante si lo que queremos es saber cuántas personas nos entran de público, deberemos hacernos unas preguntas para hacer el cálculo adecuadamente y como sigue:
- Qué “superficie útil accesible al público” tiene mi local y qué comprende?
-
- Es la superficie de todas las estancias, donde el cliente tiene acceso sin restricciones (descontando de éstas los gruesos de paredes)
-
- NO, se contabilizan cómo superficie util accesible al público, las cocinas, barras, almacenes, despachos, vestuarios, etc..
- SI, se contemplan como zonas de superficie util accesible al público, los comedores, salones (incluso los privados), servicios higiénicos, pasillos de acceso, distribuidores (que den directamente a zonas de público), Halls de entrada, etc,…. Las escaleras en zonas de público tambien se contemplan como tales, tratando de contemplar la superficie que ocupan en cada planta, independientemente de la siguiente.
- Estado en qué estarán los clientes de mi establecimiento? ¿Estarán de pié , o sentados la mayor parte del tiempo?
-
- Si se trata de un Bar musical o de una Discoteca, los clientes lo normal es que estén generalmente de pié
- Si se trata de un Restaurante, Bar Restaurante, o similares, lo normal es que estén sentados, la mayor parte del tiempo.
Una vez, conocidos estos datos, tan solo tenemos que saber la ocupación prevista en m2/persona, en función del tipo de establecimiento y su Uso (Igual que en el punto primero, en base al DB SI3)
- Locales donde los clientes están generalmente de pié: 1 pers/1,00 m2
- Locales donde los clientes están generalmente sentados: 1 persona /1,50 m2.
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