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Hoy, para finalizar mis reflexiones del año (puesto que me voy a tomar unos días para tomar impulso) os propongo realizar un breve repaso, más visual que otra cosa, a un edificio que proyectamos en 2009 para la Universidad de Granada, como consecuencia de un concurso de ideas para el proyecto y dirección de una Facultad que era necesario reformar en gran medida y sobre todo ampliar.  

Se trató de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales que pertenece al Campus de Cartuja de la Universidad de Granada, y en él están emplazados numerosos edificios monumentales (como el Monasterio de la Cartuja), universitarios (Facultades como Psicología, Filosofía y Letras, Farmacia y Ciencias de la Educación,) y de servicios (Colegios Mayores, residencias para alumnos y equipamientos deportivos).

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La Facultad originaria estaba constituida por tres edificios lineales dispuestos en paralelo generando de esta forma diversas zonas ajardinadas y espacios libres entre ellos con galerías de conexión que permiten la circulación interior sin necesidad de salir al exterior. Pues bien, la propuesta ganadora del concurso (que se ejecutó en 2010)  como veréis quiso apoyarse en esta atractiva organización por lo que los nuevos edificios también se conectaron mediante una galería superior a los ya existentes… pero prefiero mostraros unas imágenes que serán más elocuentes que mis palabras.

Procurad descansar en estos días, templad el ánimo, coged aire (mucho aire), abrazad cuantas veces podáis a vuestros seres queridos y llenaos de energía positiva para empezar el 2018 con lo mejor de vosotros mismos.

¡Y muchísimas gracias por haberme acompañado en la red durante este 2017!

 Localización: Granada

Fecha de Proyecto: 2009. Fecha de ejecución: 2010

Promotor: Universidad de Granada

 

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Por estas fechas, hace ahora 18 años, fue aprobado el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada (POTAUG) entre cuyas principales determinaciones se incluyó la protección exhaustiva de La Vega de Granada, impidiéndose desde entonces entre otras cosas los desarrollos urbanos a costa de dicho espacio.

Además, el POTAUG, que fue el primer plan de ordenación del territorio aprobado en Andalucía, programó la elaboración de un documento mucho más detallado que abordase las diferentes vocaciones de La Vega: agrícolas, como espacio central metropolitano, ambientales, de uso público, paisajísticas, culturales... 

Y aunque dicho Plan Especial fue iniciado hace aproximadamente una década, es ahora cuando esta realmente maduro y con altas cotas de consenso. Por eso, recientemente ha sido publicado en el BOJA (9 de noviembre de 2017) la aprobación del Plan Especial de Ordenación de la Vega de Granada (y de su Estudio Ambiental Estratégico) sometiéndolo a información pública por plazo de 45 dias hábiles a fin de recabar la participación de todos los interesados y dar a conocer lo mas posible el documento aprobado. 

En dicho sentido, la Junta de Andalucía ha organizado una Jornada Informativa el próximo miércoles día 20 de diciembre de 2017 a las 9:30 horas en el Salón de Actos de la Delegación del Gobierno en Granada, sita en Gran Vía,54-56 de Granada, abierta a quien quiera obtener información de primera mano sobre tan importante plan. 

Yo voy a asistir, por cuanto he tenido el doble honor de ser coautor del POTAUG y de colaborar con mi equipo en alguna de las fases del plan de la Vega, pero sobretodo para prestar mi apoyo a un evento largamente esperado y que sin duda alguna constituirá un hito en la ordenación metropolitana de Granada.

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Fuente: Junta de Andalucía

Los problemas que acarrea el turismo de masas para una ciudad se pueden visualizar en Barcelona seguramente mejor que en ningún otro lugar, sobre todo porque según las encuestas ya se ha constituido en la principal preocupación de sus ciudadanos, y basta recordar, por ejemplo, cómo durante el verano pasado cuando esta ciudad acogió a un número de visitantes récord, las protestas ciudadanas fueron a más e incluso se dieron por primera vez ataques contra intereses turísticos.

Y es que una de las consecuencias de la presión turística fuera de control tiene que ver precisamente con el encarecimiento de los precios de alquiler de viviendas, que en Barcelona están alcanzando subidas hasta ahora desconocidas, por su relación directa con la proliferación de los apartamentos turísticos  “informales” que se comercializan a través de internet. Así pues, otra de las grandes preocupaciones de los barceloneses es hoy el problema de la vivienda.

Y en este punto es oportuno recordar que su actual alcaldesa, llegó a la alcaldía  precisamente prometiendo afrontar decididamente estas dos cuestiones: turismo y vivienda, por lo que me gustaría reflexionar, al menos brevemente, sobre las políticas municipales llevadas a cabo en dichas materias.

En turismo se ha aprobado un novedoso plan urbanístico (PEUAT) que básicamente impide seguir construyendo más hoteles en el centro de la ciudad aunque sí que los posibilita en los barrios de la periferia, y que ha puesto en marcha diversas iniciativas para disminuir el impacto en los ciudadanos como son un plan de choque para detectar pisos turísticos ilegales, la realización de un censo de viviendas vacías o el establecimiento de índices de referencia para los alquileres de viviendas.  

El Plan Especial Urbanístico de Alojamiento Turístico (PEUAT) regula la implantación de establecimientos de alojamiento turístico, así como de albergues de juventud, residencias colectivas de alojamiento temporal y viviendas de uso turístico.

Esta regulación responde a la necesidad de hacer compatibles los alojamientos turísticos de la ciudad con un modelo urbano sostenible basado en la garantía de los derechos fundamentales y la mejora de la calidad de vida de los vecinos.

Y también ha incidido el ayuntamiento en las zonas más presionadas por el ocio nocturno o por el turismo al establecer una moratoria en la concesión de licencias para locales de pública concurrencia.

Y en vivienda, Barcelona ha apostado decididamente por ampliar el parque público de viviendas en alquiler (10.000 pisos) y ha incorporado algunas medidas bastante imaginativas como por ejemplo  “aprovechar la edificabilidad no agotada de la trama construida para trufar cualquier barrio de la ciudad con alquileres asequibles, a través de una sociedad mixta liderada por el consistorio para construir y gestionar nuevos pisos.

Y a mí me parece que se trata de iniciativas importantes y muy decididas para afrontar estos graves problemas, sobre todo si se tiene en cuenta que apenas han trascurrido dos años y medio desde que se inició la legislatura municipal… Por eso, cuando hace unos días leía en la prensa nacional una noticia titulada “Colau fracasa en sus dos objetivos: turismo y vivienda” me pareció tendenciosa, interesada o al menos escrita desde la mayor ignorancia sobre la complejidad legal, administrativa, técnica  y política de poner en marcha medidas realmente estructurales, como las que se están impulsando en Barcelona para afrontar dos de sus mayores preocupaciones… porque digo yo: ¿Y qué es lo que están haciendo otros alcaldes al respecto en ciudades turísticas como Málaga, Granada, Toledo, San Sebastián o Córdoba?

https://elpais.com/ccaa/2017/11/14/catalunya/1510684702_139019.html

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Imagen de la masificación turística en las Ramblas de Barcelona. Fuente:cronicaglogal

Publicado en La Ciudad Comprometida

Aunque podría contar por decenas los trabajos que han constituido un reto para mí, creo que el proyecto con el que más crecí, y el que me ayudó a descubrir la verdadera dimensión de lo que significa planificar fue el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada, (comúnmente denominado POTAUG). Fue un trabajo intenso que desarrollamos media docena de profesionales durante 7 años, aproximadamente, bajo la dirección técnica del arquitecto Carlos López Canto (que de alguna manera ha sido mi maestro en la materia), que fue iniciado hace ahora justamente 25 años… Por eso está bien que hagamos algo de balance.  

La metrópoli de Granada está conformado por treinta y dos municipios que suman una población de aproximadamente 500.000 habitantes de los cuales aproximadamente el 60% pertenecen a la ciudad principal. Cuando el POTAUG fue iniciado su situación era realmente caótica en todos los aspectos, ya que por ejemplo el proceso de crecimiento metropolitano consumía exageradamente los recursos ambientales; cada vez se estaba más lejos de tener una razonable estructura organizativa; seguían creándose nuevos núcleos urbanos; o había una ocupación progresiva de la vega agrícola.

En este contexto, recién aprobada la Ley de Ordenación del Territorio (enero de 1994) el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía acordó formular el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada, contemplando además la constitución de una Comisión de Redacción dirigida por el Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo y en la que participaron todos los niveles de las administraciones (estatal, autonómica, provincial, sectoriales y municipales) y por supuesto los 32 municipios afectados. Es fácil deducir por tanto la enorme complejidad que suponía desarrollar y concertar un plan novedoso para un ámbito tan compartimentado, por lo que el primer objetivo fue la elaboración de un primer documento sintético (Bases, Objetivos y Estrategias, que fue aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en el mes de diciembre de 1998) que a la postre fue esencial en la estrategia de debate y concertación de las propuestas con todas las administraciones actuantes.

Recuerdo que a partir de estas primeras decisiones, para avanzar en el diseño metropolitano fuimos concertando las propuestas a partir de una serie de documentos temáticos, en una estrategia que fue decisiva para la definición general de las propuestas, entre los que se incluían los referidos al:

-          sistema viario,

-          el sistema ferroviario,

-          la ordenación y protección de la Vega,

-          el sistema de espacios libres,

-          el tratamiento de los espacios de valor ambiental,

-          natural y paisajístico,

-          la ordenación global de las áreas conurbadas y estratégicas,

-          la coordinación del sistema de dotaciones,

-          la coordinación de los servicios urbanos,

-          la potenciación de las actividades productivas

-          y la propuesta de sistema de transporte público.

Posteriormente, y tras un periodo de participación llevado a cabo en todos los municipios en 1999 y el consiguiente ajuste del documento, tras obtener el visto bueno por unanimidad por la Comisión de Redacción, entre otros trámites, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía acordó su aprobación por Decreto el día 27 de diciembre de 1999.

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EL PATRIMONIO DE LA AGLOMERACIÓN URBANA

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Fue todo un hito en la planificación andaluza al ser el primer POT aprobado, precisamente para un ámbito metropolitano tan complejo como el de Granada, sentando las bases metodológicas y la estructura de contenidos que posteriormente sirvieron de referencia en la elaboración de otros planes para las principales ciudades andaluzas. Unos meses más tarde de su aprobación fue reconocida esta labor al recibirse como premio honorífico la Bandera de Andalucía en Febrero de 2000.

Creo que su mayor virtualidad ha sido la frenar el crecimiento caótico de los municipios, sentando las bases para la conformación de una estructura metropolitana ya que desde entonces todos los municiios deben adaptarse a sus determinaciones, siendo además el hecho más visible la protección exhaustiva de la Vega de Granada que significó desde su aprobación. Precisamente en 2017 ha sido inaugurada la primera línea del transporte metropolitano  (Metro Ligero) que se había proyectado por el POTAUG y ha sido concluida la elaboración del Plan Especial de Protección de la Vega de Granada, seguramente los dos principales hitos de aquel POTAUG, al que con la actualización necesaria vaticino aún muchos años de vigencia.

FECHA DE INICIO / FINALIZACIÓN: 1992/1999

TIPO DE PROYECTO: PLAN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

PROMOTOR: CONSEJERIA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES DE LA J.A.

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EL MODELO TERRITORIAL DE LA AGLOMERACIÓN URBANA

 

 

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LA ESTRUCTURA Y ARTICULACIÓN DE LA AGLOMERACIÓN URBANA

 

 

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LAS ACTUACIONES DE MEJORA AMBIENTAL DE LA AGLOMERACIÓN URBANA

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DENOMINACIÓN: CENTRO CULTURAL MEDINA ELVIRA

LOCALIZACIÓN:  ATARFE (Andalucía, España)

Proyecto: 2004/2005                   

Ejecución: 2006/2007

PROMOTOR:  Ayuntamiento de Atarfe

 

Hoy quiero hablaros de uno de los proyectos de los que más orgulosos me siento: el Centro Cultural Medina Elvira ubicado en el corazón del área metropolitana de Granada. La ciudad de Atarfe tenía hace algo más de una década un gran déficit en edificios culturales, por lo que se hacía patente la ausencia de un equipamiento adecuado para determinadas actividades, concebido además con vocación supramunicipal (teatro y auditorio).

Como consecuencia de esa demanda dotacional, desde su ayuntamiento se planteó crear un centro cultural muy bien equipado donde se pudieran desarrollar todo tipo de actividades culturales, de las que cabría destacar las siguientes:

-       Auditorio para aproximadamente 600 plazas,

-       Biblioteca,

-       Salas de exposiciones,

-       Talleres de actividades, etc.

Su ubicación fue elegida lo más próxima posible al centro cívico de la ciudad, en la Avda. de Diputación junto al Parque Ramón Gardón, ya que serviría de nexo de unión entre el núcleo urbano tradicional y los nuevos crecimientos.

La inserción de este equipamiento en la estructura urbana supuso una serie de actuaciones que llevaron a mejorar la calidad de los espacios libres y a la reordenación del entorno, sin embargo, lamentablemente por el momento únicamente  ha sido ejecutado el edificio y una pequeña parte de las actuaciones de reurbanización de su entorno que se habían proyectado.

Por tanto podríamos hablar de una doble singularidad: la del equipamiento y su emplazamiento en la ciudad, y la de la arquitectura, que fue concebida de modo que la población se “apropiara” enseguida por su carácter dinámico y cálido, estableciendo vínculos afectivos con el edificio… una cuestión felizmente conseguida desde su primer día de uso…

Quiero felicitar desde aquí a todo el equipo de GRarquitectos aunque relacione únicamente a los que tuvieron una participación más directa:

-       Arquitectos: Juan Carlos García de los Reyes, Ana Dolores Fernández, Elena Palomares Rodríguez y Lucía Valero.

-       Arquitectos Técnicos: Francisco Ruiz, Esther Rodríguez y Rafael García Arianes.

Así como a la empresa constructora ACSA, encabezada por los ingenieros Antonio Fernández y Felipe López, y a las numerosas empresas especializadas en sonido, equipamiento escénico, mobiliario, instalaciones especiales, estructuras… ya que realizaron una extraordinaria labor.

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Cuanto agradezco las palabras del ingeniero Jesús Beas Torroba:

“Juan Carlos, tú eres un profesional de la ciudad, del territorio y de la sociedad y tu visión entre España y Sudamérica hacen que tus reflexiones sean valiosas. Y a través de tus escritos está muy bien que nos trasmitas esos conocimientos y experiencias que has adquirido… pero yo valoro tanto o más aún que nos trasmitas emociones, que nos conmuevas con las reflexiones personales que los humanizan.”

 

Jesús Beas Torroba, Ingeniero de CCP y magister en Estudios Urbanos y Territoriales. Profesor de la Universidad de Granada. España

Texto perteneciente al Prólogo de mi libro: REFLEXIONES DESDE LA CIUDAD COMPROMETIDA: LO QUE SIENTEN MIS PENSAMIENTOS. Pincha en la imagen para descargarte gratuitamente el libro

 

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Publicado en Noticias y Actualidad

“A Juan Carlos García de los Reyes lo conozco desde que participamos en la fundación de la Unión Iberoamericana de Municipalistas hace más de 25 años…

A mi ciudad Trujillo (Perú) ha llegado varias veces invitado por nuestra Uni-versidad Nacional y por los grupos sociales. Recuerdo que en 2016 vino para colaborar con nuestra Es¬cuela de Arquitectura trayéndonos el mensaje de sus experiencias, expo¬niéndonos el Plan Metropolitano de ciudades como Granada (España) o de Arequipa (Perú), con lo difícil que es en nuestro país formular un plan de desarrollo metropolitano donde los in¬tereses de los poderosos y su codicia han impedido y siguen oponiéndose a que hayan cambios que afecten sus intereses de construir y urbanizar sin te¬ner ninguna consideración de carác¬ter histórico, social y de sostenibilidad, ni sustentabilidad y resiliencia de nuestras ciudades...

Y Juan Carlos García de los Reyes ha venido asesorando al Gobierno Perua-no para la revisión de la Legislación Ur¬banística y ha redactado el antepro-yecto de Ley de Gobernanza Territorial de Perú que tanta falta nos está ha-ciendo. Por todo esto, especialmente por la vieja amistad que me une con Juan Carlos García de los Reyes, y por la gratitud que siempre tengo con Granada (donde estudié en el CEMCI hace 31 años como becario) me es muy grato escribir estas sencillas pero fraternas palabras.

Con gratitud.”

JUAN CARLOS ZAVALA SULLAC, Profesor Principal de Derecho Admi¬nistrativo de la Escuela de Derecho. Universidad Nacional de Trujillo. Director Instituto de Investigación Jurí¬dico Político de la Escuela de Derecho y Ciencias Políticas.

Texto perteneciente al Prólogo de mi libro: REFLEXIONES DESDE LA CIUDAD COMPROMETIDA: LO QUE SIENTEN MIS PENSAMIENTOS

PORTADA REFLEXIONES

Pincha en la imagen para suscribirte y conseguir el libro

Publicado en Noticias y Actualidad

Algunas veces algo aparentemente simple es tremendamente complejo... Veréis: Este difícil proyecto que desarrollamos en 2007 se enmarcó dentro de un ambicioso programa de la Junta de Andalucía que se denominó “Andalucía Barroca” y tuvo por objeto la RESTAURACIÓN DEL SISTEMA MÓVIL DE LOS LIENZOS DEL RETABLO DEL TEMPLO SAN JUSTO Y PASTOR, de Granada, que data del s. XVII.

Se trata de un espléndido retablo del hermano Francisco Díaz de Rivero de 1630. Cuenta con columnas salomónicas y cinco lienzos con episodios de la vida de San Pablo, de Pedro Atanasio Bocanegra y un templete en el centro. La originalidad y el barroquismo de estos lienzos, dentro del retablo, consistía en que aparecían por sorpresa tras el mismo por unas ranuras y ocultaban algunos de los relicarios cambiando el aspecto del retablo y confiriéndole una espectacularidad didáctica.

Los cuatro lienzos del siglo XVII con pasajes de la vida de San Pablo tras una restauración llevada a cabo en el año 1.992 se reco¬locaron en los paramentos de las capillas laterales de la iglesia, quedando de esta manera descontextualizados y fuera de su ubicación original. Sin embargo, aquella decisión también garantizaba la conservación de los mismos ya que la deformación del sistema móvil original amenazaba con la rotura de los cuadros. Sin embargo, impedía la lectura unitaria de la obra como supuso la ubicación original de las obras.

Así pues, la intervención que dirigí tuvo como objetivo primordial la recuperación de la función original de los lienzos de las calles derecha e izquierda del Retablo Mayor y el devolver al retablo la lectura iconográfica mutilada. Para ello se instaló un sistema móvil mediante guías sobre las que deslizan carros miniatura con recirculación a bola en dos hileras a las que van fijados los lienzos. Este sistema permitió la elevación, descenso o movimiento lateral derecho e izquierdo de los lienzos de forma manual aunque preciso.

En este caso era sumamente importante que en los lienzos el soporte textil no podía pre-sentar destensados y bolsas, normales en los cambios estacionales. Y esto era así dado el reducido espacio por el que debían aparecer tras el retablo es tal que un destensado de la tela podía ocasionar el roce del mismo con las aristas de la ranura por donde aparecen. Por este motivo se propuso la colocación de un sofisticado sistema de bastidor flotante que permitió mantener constantemente la tela en tensión evitando los naturales pandeos.

El resultado final de la intervención, imperceptible desde el exterior, tuvo por tanto la virtualidad de recuperar la movilidad de los lienzos, tal y como fue concebida en su origen, para lograr la percep¬ción de la obra completa, en sus diversas variantes según la liturgia.

¡En definitiva un pequeño pero delicado proyecto!

CV ARQUITECTURA 2015

 

CV ARQUITECTURA 2016

 

 

LOCALIZACIÓN Granada

FECHA INICIO / FIN 2007 ejecutado
PROMOTOR Consejería de Cultura
FASE DE PROYECTO ejecutado
TIPO DE PROYECTO Religioso Público
Nº EXPEDIENTE 16.06.GR

En el corazón de las ciudades, en ocasiones diversos espacios se van degenerando de tal modo que en muy pocos años pueden convertirse en verdaderas bolsas de marginalidad, en las que confluyen diferentes procesos de abandono, de degradación física de los edificios, de obsolescencia urbana en general y sobretodo de vulnerabilidad social de sus moradores.

Por tanto no es una casualidad que la degradación física de los edificios y del espacio urbano, a pesar de que estas zonas muchas veces están ubicadas a escasos metros de las principales avenidas, vaya unida a la presencia de muchas de las modalidades de la degradación social: hacinamiento, drogadicción, desempleo, alcoholismo, absentismo escolar, familias de escasos recursos, inmigración…

Y es evidente que su regeneración no es viable con la aplicación de los simples mecanismos del mercado inmobiliario, ya que suele propiciar procesos especulativos debido a la buena posición relativa de estos inmuebles cuyos moradores pagan rentas muy bajas, por lo que de no mediar la acción pública siempre se termina con la rápida ruina y demolición de los edificios y la consiguiente expulsión de las familias.

En estos casos, es claro por tanto que hay que aplicar políticas públicas y diseñar por tanto operaciones de regeneración urbana. Y deben ser actuaciones integradas porque deben articular medidas sociales, ambientales y económicas, enmarcadas en una estrategia municipal global y unitaria, donde se propicie la rehabilitación de los edificios, la rehabilitación del espacio público y la rehabilitación social de las personas y familias que allí habitan. Y estas acciones es recomendable que se enmarquen en estrategias globales de regeneración que impulsen las administraciones públicas (baste recordar la Áreas de Rehabilitación Integrada que en Andalucía se impulsaron en la pasada década de este siglo en sus principales ciudades con resultados sorprendentes como por ejemplo en el Bajo Albaicín de Granada).

Cuando esto ocurre, es recomendable que se intervenga a través de diferentes instrumentos de planificación a nivel de barrio o de ciudad histórica, mediante los cuales se puedan delimitar los ámbitos específicos en los que se deba intervenir pero en el contexto de políticas globales de regeneración urbana. En dicho sentido, con el apoyo de mi equipo, he tenido la oportunidad de incorporar este tipo de acciones en diversos Planes Especiales (del Casco Antiguo de Guadix o del Sector Alhambra de Granada, por ejemplo) definiendo un tipo de “proyecto urbano” que hemos denominado ARI: ÁREAS DE REHABILITACIÓN INTEGRADA y de las que hoy os quiero mostrar algún ejemplo:

- Objeto: La regeneración urbana de ámbitos urbanos vulnerables, obsoletos o degradados, alcanzando tanto a la rehabilitación de los edificios como a la del espacio público. Tendrán carácter integrado porque deben articular medidas sociales, ambientales y económicas, enmarcadas en una estrategia municipal global y unitaria, formulada a través del Plan Especial.
- Delimitación de los ARI: Para una adecuada gestión de los ARI se considera que el tamaño óptimo de la unidad máxima de actuación debe ser la manzana, pudiendo incluso ser solo una parte de ella. Son, por tanto, ámbitos divisibles para aquellos casos que se considere oportuno atendiendo al estado de la edificación o del espacio urbano, y siempre atendiendo a una mejor gestión. El ámbito delimitado puede ser también un pequeño espacio urbano y las parcelas (edificadas o no) que lo conformen.
- Objetivos: 1) Optimizar los recursos técnicos para la redacción de proyectos unitarios que con un criterio de intervención coherente abarque todo el ámbito delimitado, 2) Optimización de la tramitación administrativa para gestión de una sola licencia de obra y 3) Mejora de la ejecución de obra mediante una licitación única para todo la actuación prevista en el ARI en la que concurran empresas especializadas que permita abaratar costes y mejore la organización de la obra.
- Gestión: Los sujetos legitimados para intervenir en estos procesos de regeneración urbana son, además de las Administraciones Públicas competentes (municipio o gobierno regional, por ejemplo), las comunidades y agrupaciones – forzosas o voluntarias – de propietarios, las cooperativas constituidas al efecto, los propietarios de terrenos, construcciones, edificaciones y fincas urbanas y los titulares de derechos reales o de aprovechamiento, las empresas, entidades o sociedades que intervengan a cualquier título en dichas operaciones, y las asociaciones administrativas que podrán constituirse al efecto, con los siguientes fines:
a) Participar en el proceso de planificación o programación de la actuación.
b) Elaborar, por propia iniciativa o por encargo del responsable de la gestión de la actuación de que se trate, los correspondientes proyectos, planes o programas.
c) Asumir, por sí mismas o en asociación con otros sujetos intervinientes, públicos o privados, la gestión de las obras de mejora y regeneración urbana o, en su caso, participar en una u otra en la forma que se convenga con el responsable de la gestión.
- Incentivos: Las actuaciones de regeneración urbana delimitadas como ARI en el Plan Especial tendrán preferencia sobre otras actuaciones para la obtención de todas las ayudas o las subvenciones de carácter municipal, autonómico o estatal que puedan ser aplicadas en ellas. Así mismo el Ayuntamiento podrá aplicar un régimen especial para reducir al máximo los costes de tasas municipales e impuestos que graven las obras (ICIO, ocupación de vía pública, etc.), pudiendo llegar a tener la consideración de obras municipales. La intervención municipal es ineludible en aquellas ARI, la mayoría, en las que se prevé intervenir mediante la reurbanización y mejora del espacio urbano.
- Obligaciones: Las actuaciones de regeneración delimitadas como ARI en el presente Plan Especial podrán imponerse por la Administración competente cuando concurran las condiciones previstas para cada una de ellas en el Real Decreto-ley 8/2011 de 1 de Julio y en el resto de la legislación aplicable, en cuyo caso les será de aplicación lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 111 de la Ley de Economía Sostenible (en el caso de Andalucía)
- Fichas: Se confeccionan para cada ámbito de ARI en las que se definen aspectos tales como la situación del ámbito, información fotográfica, estado de la edificación y del espacio público, las afecciones al espacio urbano, las afecciones a otro tipo de actuaciones previstas por el Plan referidas a la estructura viaria, de reforma interior, de obtención de suelo para equipamientos, y relación de parcelas catastrales afectadas.

A modo de ejemplo se adjuntan las fichas correspondientesa una de ellas:

Normat PE ALHAMBRA92

Normat PE ALHAMBRA93

 

 

Hoy quiero hablaros de una de las medidas más efectivas de cara a la protección del patrimonio cultural: Los Catálogos. Como sabéis, en las ciudades históricas y su entorno, sea urbano o rural, es imprescindible arbitrar una gama diversa de determinaciones relativas a la conservación, protección o mejora de su patrimonio urbanístico, arquitectónico, histórico, cultural, natural y paisajístico, en consonancia con los valores históricos y formales de los espacios urbanos, edificios y demás elementos significativos que contengan.

Y entre dichas determinaciones merecen una especial mención por sus efectos reguladores los Catálogos de Protección del Patrimonio Cultural, que si bien suelen elaborarse conjuntamente con los instrumentos de planificación de dichos ámbitos históricos (comúnmente llamados Planes Especiales o Planes Maestros) sin embargo constituyen documentos autónomos que podrían elaborarse y aprobarse de manera autónoma.

Dado que estamos hablando de ciudades con valores relevantes de tipo patrimonial, en la mayor parte de los países suelen superponerse las legislaciones sectoriales de tipo urbanístico y de tipo cultural, por lo que su regulación es frecuente que venga establecida por estas dos visiones complementarias, y así en el caso de Andalucía, España, los Catálogos también están regulados doblemente:

- Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA): Estableciendo en su Artículo 16 que el Catálogo de bienes y espacios protegidos tiene por objeto complementar las determinaciones del Plan General relativas a la conservación, protección o mejora del patrimonio urbanístico, arquitectónico, histórico, cultural, natural o paisajístico.
"Será obligada la redacción del Catálogo cuando el Plan General aprecie la existencia de bienes o espacios en los que concurran valores singulares. Se incluirán en el Catálogo aquellos elementos y espacios, del patrimonio urbanístico, arquitectónico, histórico, cultural, natural o paisajístico que de acuerdo con la información obtenida posean valores, de carácter singular u de otro rango, que hayan de ser objeto de protección específica de acuerdo con los criterios del Plan General. Para estos elementos y espacios se particularizará en su caso, los distintos niveles o grados de protección y la normativa de protección prevista por el Plan General."
A tal fin, el Catálogo de Bienes Protegidos debe formalizarse como un documento diferenciado, con independencia de su pertenencia al conjunto del Plan General.

- Ley 14/2.007 de Patrimonio Histórico de Andalucía (LPHA): Que expone en el Artículo 31 en relación con el contenido de protección de los planes que:
“1. Los planes urbanísticos que afecten al ámbito de Conjuntos Históricos, Sitios Históricos, Lugares de Interés Etnológico, Lugares de Interés Industrial y Zonas Patrimoniales deberán contener como mínimo:
c) La catalogación exhaustiva de sus elementos unitarios, tanto inmuebles edificados como espacios libres interiores o exteriores u otras estructuras significativas, así como de sus componentes naturales. Para cada elemento se fijará un nivel adecuado de protección.”

Y así concebidos, su verdadero alcance debe suponer no sólo una relación de bienes que deben ser conservados, sino que constituye la singularización sobre los bienes incluidos en él de una normativa específica para cada uno de ellos, tendente a su conservación, protección y mejora, cuyas determinaciones específicas han de prevalecen sobre el resto de documentos del plan urbanístico.

A efectos prácticos, el Catálogo de Protección del Patrimonio Cultural es frecuente que se divida en:
- Patrimonio Inmueble
- Patrimonio Arqueológico.
- Patrimonio Etnológico.

Y para cada uno de los bienes a catalogar establecerá una doble clasificación: de una parte asignando distintos niveles de protección; y de otra atendiendo a los valores genéricos del elemento a proteger: históricos, artísticos, etnológicos, arquitectónicos, espaciales, tipológicos, ambientales, etc. Y todo ello ha de concretarse en fichas individualizadas, en las que se precisan las condiciones particulares de ordenación de cada elemento: intervenciones permitidas, obras obligatorias (por ejemplo, la necesidad de reconstruir los huecos de planta baja dañados por la implantación de un local comercial, etc.), usos recomendados, ocupación de la parcela, altura máxima, u otras afecciones singulares que se consideren necesarias.

Además, el Catálogo debe dotarse de una normativa de protección que regule cada uno de los aspectos relacionados con la conservación, protección o mejora de los elementos que se pretenden proteger.

A modo de ejemplo, os trascribo un extracto de la memoria del Catálogo de Protección del Patrimonio Cultural del Sector Alhambra (Granada, España) que se incluye en su Plan Especial de Protección (en elaboración):

“… contiene la relación detallada y la identificación precisa de los bienes o espacios que, por su valor, son objeto de una especial protección. Constituye la singularización sobre los bienes incluidos en él de una normativa específica para cada uno de ellos, tendente a su conservación, protección y mejora, cuyas determinaciones específicas prevalecen sobre el resto de documentos.

A través del Catálogo de Protección del Patrimonio Cultural, se lleva cabo una rigurosa catalogación de los siguientes Bienes incluidos dentro del Sector Alhambra del Conjunto Histórico de Granada: Bienes Incoados o Inscritos en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz, Bienes Inscritos en el Inventario de Bienes Reconocidos Zonas de servidumbre arqueológica y yacimientos o zonas de cautela arqueológica.

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Fuente: Documento para la aprobación inicial del Plan Especial de la Alhambra (Granada)

 

Publicado en La Ciudad Comprometida