¿CÓMO PUEDO CONOCER EL AFORO MÁXIMO DE UN LOCAL?

Ana Mª García nos consulta lo siguiente: ¿Qué normativa es de aplicación para conocer el aforo máximo de las salas donde se imparten clases dirigidas en un gimnasio?Muchas gracias y enhorabuena por la iniciativa.

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foto artículo CONSULTORIO 01

 

La respuesta concreta sería 5m2/persona si se trata de una sala con aparatos, o 1’5 m2/persona si es solo de clases sin ellos. Pero si te parece te daremos (para ti y para los demás) una explicación algo más detallada:

1, QUÉ ES EL AFORO DE UN LOCAL:

Lo importante no es saber cuánta gente cabe en un establecimiento sino cuanta gente cabe “legalmente” en local, es decir: su AFORO

Aunque sea frecuente que el aforo esté controlado por el Departamento de Bomberos de cada ciudad, sin embargo su cálculo está regulado legalmente por el Código Técnico de la Edificación (CTE).

El aforo por tanto se realiza en función del Uso del establecimiento con base en lo definido en el Código Técnico de la Edificación (CTE), en uno de sus Documentos Básicos (DB), correspondiente a la Sección de Seguridad contra Incendios Nº 3 (SI3) y más específicamente en el apartado relativo a Evacuación de Ocupantes.

Es decir, que si optáis por buscarlo por internet tendréis que poner en el Buscador: CTE DB SI3 Evacuación de Ocupantes

2, CÓMO SE CALCULA EL AFORO DE UN LOCAL:

En este Documento Básico se cuantifica el aforo en nº de personas/m2 para cada una de las zonas en las que pueda subdividirse una actividad concreta por ejemplo un GIMNASIO (almacén, zona de clases sin aparatos, zona de aparatos, aseos y vestuarios…)

Por lo que el Aforo será el resultado de dividir la superficie de cada estancia por el valor definido  para cada  una de ellas. En caso de salir un numero decimal de personas en una dependencia, hay que contemplarlo, pues al final hay que sumar todas y cada una de las dependencias de vuestro establecimiento,  con las personas (o fracción de estas) obtenidas y finalmente, redondear.

RESUMIENDO: Para calcular el aforo que tiene un local, o lo que es lo mismo,  saber cuántas personas  caben en él, no solo en condiciones de “confort” sino sobre todo en condiciones de seguridad de “evacuación en caso de incendio” deberemos conocer previamente algunos datos:

  • Qué tipo de actividad  voy a realizar
  • Hay que asociar la actividad a desarrollar con un “Uso” y a continuación subdividirla en función de las actividades específicas que van a desarrollarse, ya que en función de ellas el cálculo de la  Ocupación (Aforo), puede variar.

3, CLASIFICACIÓN DE LOS USOS DE LOS LOCALES:

  • Uso Comercial
  • Uso Administrativo
  • Uso Público
  • Uso Residencial público
  • Uso Publica concurrencia
  • Uso Hospitalario
  • Uso Residencial Vivienda
  • Uso Docente
  • Uso Aparcamiento,..

4, EJEMPLO DE CÁLCULO DEL AFORO:

Para el cálculo de un ejemplo concreto, lo hemos tomado de la web de GOBAI Group  que es una Consultoría técnica de Barcelona, especializada en la coordinación de obras de locales comerciales, así como Legalizaciones de Actividades e Instalaciones. Dicho ejemplo es el siguiente:

  • Ejemplo de RESTAURANTE: que tendría las siguientes actividades: 1 almacén de 25 m2, 1 cocina de 20 m2, 1 comedor de 80 m2, unos aseos de 16 m2 (con aseo de minusválidos),  un pasillo de 6 m2, una barra de 19,50 m2, un vestíbulo de 4 m2 y una sala de máquinas de 6 m2.

El cálculo, se realiza de la forma siguiente:

  1. Uso, de un Bar-Restaurante o Restaurante: Uso Publica ConcurrenciaSignifica que los clientes pueden ser variados, no estando adscritos al establecimiento (como sería una Asociación) y que está abierta al público en general.
  2. A continuación, miramos el DB SI3  en su  Apartado 2 , observando en la tabla, el Uso principal correspondiente
  3. Fijáos en toda la tabla, pues hay otros usos  a los cuales alguna de las dependencias del local podrian acogerse, en caso de no estar definidas en el Uso Principal.
  4. De la tabla, obtenemos los siguientes datos:
    1. Almacenes: 40,00 m2/persona….teniendo un almacén de  25,00 m2, nos da una ocupación de:  0,625 personas
    2. Salas de maquinas: Solo accesibles para mantenimiento, etc…Ocupación Nula = ocupacion de 0,00 personas
    3. Zonas de servicio en Restaurantes, tales como cocinas, barras…: 10, 00 m2/pers. La cocina y la barra suman 39,50 m2. La ocupación será: 3,95 personas
    4. Comedor: Zona de personas sentadas, ocupación 1,5 m2/pers. Con un comedor de 80 m2, la ocupación será de 53,33 personas
    5. Aseos: Aseos de Planta, ocupación 3,00 m2/persona. Con una superficie de 16 m2, la ocupación  será  de 5,33 personas
    6. Vestibulo: Vestibulos generales, ocupación 2,00 m2/persona. Teniendo un Vestibulo de 4,00 m2, la ocupación será de 2 personas
    7. Pasillo:  Zona de ocupación ocasional, ocupación Nula.….0,00 Personas.
    8. Suma de todas las personas de cada dependencia:
      1. Almacén:………………………………. 0,625 pers.
      2. Sala Maquinas: ………………………..0,00 pers.
      3. Barra y cocina:…………………………3,95 pers.
      4. Comedor:………………………………53,33 pers.
      5. Aseos:…………………………………… 5,33 pers.
      6. Vestíbulo:……………………………….2,00 pers.
      7. Pasillo:……………………………………0,00 pers.
      8. TOTAL OCUPACIÓN (AFORO): ….59,90 Personas = 60,00 personas (para este ejemplo)

(Este cálculo nos define, tanto las personas de servicio como las de público que “legalmente”  caben en un establecimiento)

No obstante si lo que queremos es saber cuántas personas nos entran de público, deberemos hacernos unas preguntas  para hacer el cálculo adecuadamente y como sigue:

  • Qué “superficie útil accesible al público” tiene mi local y qué comprende?
    • Es la superficie de todas las estancias, donde el cliente tiene acceso sin restricciones (descontando de éstas los gruesos de paredes)
      • NO, se contabilizan cómo superficie util accesible al público, las cocinas, barras, almacenes, despachos, vestuarios, etc..
      • SI, se contemplan  como zonas de superficie util accesible al público, los comedores, salones (incluso los privados), servicios higiénicos, pasillos de acceso, distribuidores (que den directamente a zonas de público), Halls de entrada, etc,…. Las escaleras en zonas de público tambien se contemplan como tales, tratando de contemplar la superficie que ocupan en cada planta, independientemente de la siguiente.
  • Estado en qué estarán los clientes de mi establecimiento? ¿Estarán de pié , o sentados la mayor parte del tiempo?
    • Si se trata de un Bar musical o de una Discoteca, los clientes lo normal es que estén generalmente de pié
    • Si se trata de un Restaurante, Bar Restaurante, o similares, lo normal es que estén sentados, la mayor parte del tiempo.

Una vez, conocidos estos datos, tan solo tenemos que  saber la ocupación prevista en m2/persona, en función del tipo de establecimiento y su Uso (Igual que en el punto primero, en base al DB SI3)

  • Locales donde los clientes están generalmente de pié: 1 pers/1,00 m2
  • Locales donde los clientes están generalmente sentados: 1 persona /1,50 m2.

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59 comentarios

  • Enlace al Comentario AMJ Sábado, 16 Mayo 2020 09:39 publicado por AMJ

    Hola buenos días,
    Tengo una duda, en el aforo máximo para un centro docente una vez calculado la superficie útil de cada aula, y sumarle un profesor por aula, trabajadores del centro, etc.
    Mi consulta era para el aforo se cuenta todas las personas trabajadores, profesores, etc., incluidos??
    O solo los alumnos??
    Es que me parece haber oído que para calcular el aforo máximo no hacía falta contar al personal, solo la ocupación del resto de las personas.
    Que los trabajadores solo se incluian solo para el calculo de las puertas y escaleras de evacuación.
    Si puedes ayudar en esta duda.
    Gracias de antemano.

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  • Enlace al Comentario Juan Carlos García delosReyes Sábado, 16 Mayo 2020 10:21 publicado por Juan Carlos García delosReyes

    Buenos días Alberto Marrero, saludos desde Granada (España). El cálculo del aforo nos define tanto las personas de servicio como las de público que “legalmente” caben en un establecimiento, así que si hablamos de un centro docente nos referiremos tanto a profesores como a alumnos, personal administrativo, etc. Si nos referimos a un aula concreta, será el aforo específico de la misma, pero si de lo que se trata es de calcular la capacidad de una vía de evacuación (pasillo o escalera, por ejemplo) debe considerarse todo a todas las personas que eventualmente discurrirían por ella de acuerdo con la organización del edificio. Espero haberte aclarado tu duda.

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  • Enlace al Comentario Noelia Lunes, 25 Mayo 2020 09:26 publicado por Noelia

    Hola tengo una peluqueris de 100 metros cuadrados y quería saber el aforo para el covib 19 en cada fase porqur ahora es el 30% tengo 18 tocadores pero no se cuantas personas puedo atender a la vez porfavor. Muchismas graciasp

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  • Enlace al Comentario Juan Carlos García delosReyes Lunes, 25 Mayo 2020 11:19 publicado por Juan Carlos García delosReyes

    Buen día Noelia, gracias por acercarte al blog LA CIUDAD COMPROMETIDA. Los datos que me das son insuficientes ya que no especificas si los 100m2 son m2útiles o m2construidos (incluidos muros, pilares o tabiques), o si son los dedicados unicamente a atención al público o también incluyen aseos, almacén, etc... Por otra parte, yo te recomendaría que buscases la licencia de actividad de tu peluquería ya que en la misma debe venir el aforo normal que debe serevir de referencia paraf el calculo del aforo covid-19 con detalle.
    A un precio solidario si nos mandas dicha documentación (licencia de actividad y/o plano de la peluquería) podemos ayudarte con una certificación AFORO COVID-19 avalada profesionalmente e incljuso certificada por el colegio de arquitectos, que te dará tranquilidad a tí y a tus clientes. De estar interesada, por favor escríbe al correo garciadelosreyes@gr-arquitectos.com

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  • Enlace al Comentario sabrina tosi Viernes, 29 Mayo 2020 01:16 publicado por sabrina tosi

    hola , soy arrendataria de una discoteca y pronto podre abrir con un aforo de el 30 por cien , el problema q tengo es q se q es obligatorio tener el cartel de el aforo en el entrada pero yo lo he perdido , como hago en caso de control de policía ?existe un organismo donde pedir un duplicado o donde puedo conseguirlo?yo se q son 200 personas lo q no puedo demostrarlo con un documento oficial porque lo he perdido

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  • Enlace al Comentario Juan Carlos García delosReyes Viernes, 29 Mayo 2020 05:47 publicado por Juan Carlos García delosReyes

    Hola Sabrina, no nos has indicado si tu discoteca está en España o en otro país. Te recomendaría una doble acción: de juna parte, solicitar formalmente al ayuntamiento una copia de la licencia de la actividad de la discoteca, en la que debe venir el aforo de la misma; y de otra parte, como ese primer trámite tardará en ser resuelto, procurarte cuanto antes de un certificado/distintivo expedido por un técnico competente que especifique el aforo, para que lo puedas exponer en un lugar bien visible. Así ante una inspección podrás acreditar la solicitud del duplicado junto con el cálculo del aforo certificado por un especialista.
    Si deseas nuestro apoyo profesional podemos ayudarte de una manera muy ventajosa, para ello, por favor escríbeme a garciadelosreyes@gr-arquitectos.com y te diré cómo llevarlo a cabo con prontitud.
    Saludos muy cordiales

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  • Enlace al Comentario Joan Crepo Domingo, 28 Junio 2020 09:43 publicado por Joan Crepo

    en un local de 60 metros cuadrados de los cuales 30 está destinado al público ocupando el espacio tres mesas y la barra cuál sería el aforo de personas para este local i si dentro de este foro está incluido el personal del bar

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  • Enlace al Comentario juancarlos garcia DelosReyes Martes, 30 Junio 2020 15:29 publicado por juancarlos garcia DelosReyes

    Me escribe GEMMA: “ Hola buenos dias, estaba mirando por internet para saber el aforo que se puede tener en una sala de 30m2 donde se realiza actividades dirigidas( pialtes, yoga,etcc)
    No me podrian decirme porfavor cuantas personas se puede poner en la sala?”

    Yo recomendaría considerar una ratio de 1 persona/2 m2 útiles, dando una ratio de 15 usuarios (incluido el monitor). Saludos muy cordiales

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  • Enlace al Comentario juancarlos García DelosReyes Martes, 30 Junio 2020 15:34 publicado por juancarlos García DelosReyes

    JOAN, creo que en tu caso, deberías considerar una ratio de 1 usuario/1’5 m2 útiles de uso público, es decir: 15 plazas que no incluirían a los camareros ya que el uso de este espacio es eventual. Saludos desde Granada

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  • Enlace al Comentario José Antonio Miércoles, 16 Septiembre 2020 15:05 publicado por José Antonio

    ¡Hola!
    Disculpad la intromisión y la discrepancia, pero lo que se calcula en base a la Tabla 2.1 del DB-SI Sección 3 es la ocupación a efectos de evacuación de un espacio, establecimiento o local pero no el aforo.
    Esta ocupación se calcula tomando la superficie útil, sin contar mobiliario, por lo que no siempre coincidirá la ocupación con el aforo.
    ¡Un saludo!

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